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Política

Promulgan ley anti deepfake: habrá multas y días de arresto en Chaco por casos de violencia digital con IA

Infobae Política ·
Promulgan ley anti deepfake: habrá multas y días de arresto en Chaco por casos de violencia digital con IA

La provincia del Chaco puso en marcha una ley pionera que castiga penalmente y con multas a quienes creen o difundan contenidos digitales falsos, manipulados o generados con inteligencia artificial (IA) , si dañan la integridad, reputación o intimidad de una persona.

El gobernador Leandro Zdero promulgó el 26 de agosto la Ley N° 4250-J , que incorpora nuevos límites a violencia digital , entre ellos los perfiles falsos de redes sociales , y los conocidos “ deepfakes ”, que consiste en la adulteración de imágenes personales a partir de la IA.

Este año, el uso malicioso de la tecnología generó preocupación en escuelas de todo el país, ante el aumento de denuncias.

La norma define el contenido manipulado o sintético como aquel material generado o alterado con tecnología -incluida la inteligencia artificial- que representa a una persona real en situaciones falsas y que puede inducir a error o causar perjuicio a la dignidad , intimidad o reputación de la persona afectada.

Con la ley, la utilización de identidades digitales ajenas o falsas para hostigar, dañar o defraudar será penada con arrestos de hasta 60 días o multas de hasta 15 remuneraciones mínimas , equivalentes a $5.649.000 , para quienes creen este tipo de contenido sin consentimiento expreso e informado del afectado.

En lo casos de que el material fuera difundido, la sanción puede llegar a 18 sueldos mínimos -aproximadamente $6.778.800 - o 90 días de arresto .

Las penas se duplican cuando estos hechos se producen en contextos de violencia de género o intrafamiliar , y es mayor si la víctima es menor de edad, persona con discapacidad, o si existe una relación de confianza con el autor, así como en casos de lucro , coacción o daño psicológico grave .

Para este tipo de situaciones, la pena sube hasta 120 días o 20 sueldos mínimos .

En concreto, la norma añade el Título XIII al Libro II del Código de Faltas de Chaco bajo la denominación “ Faltas Relativas a Contenidos Digitales Manipulados o Sintéticos ”.

La actualización está en sintonía con otros proyectos que la anteceden, como la Ley Olimpia 27.736 , que reconoce la violencia digital contra las mujeres y permite ordenar la eliminación de material íntimo real o editado.

O los proyectos que modifican el Código Penal, como la Ley “Belén” , que busca castigar la producción y difusión de contenidos sexuales manipulados mediante inteligencia artificial.

Eliminación inmediata de contenido y custodia digital Otro de los puntos destacados de la norma, que se aprobó en la Legislatura chaqueña el pasado 8 de agosto, es la actualización de los tiempos procesales ante este tipo de denuncias.

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