Cuando las deudas se vuelven impagables: qué pasa con los bienes, el sueldo y los acreedores en una quiebra personal
Cuando las deudas se acumulan hasta superar la capacidad de pago, el problema deja de ser simplemente financiero y pasa a tener consecuencias patrimoniales y jurídicas.
Tarjetas de crédito, préstamos personales , refinanciaciones y otros compromisos pueden absorber una parte cada vez mayor de los ingresos hasta generar una situación en la que el deudor ya no logra cumplir regularmente con sus vencimientos .
Para esos casos, la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras contempla la posibilidad de que una persona humana solicite su propia quiebra .
La herramienta tampoco está reservada a quienes tienen grandes patrimonios o una determinada actividad comercial.
La abogada Muriel Mazzeo Hambo explica que el punto de partida está en determinar si existe una imposibilidad real de cumplir regularmente con las obligaciones .
En términos prácticos, la situación patrimonial de la persona pasa a ser el elemento central para evaluar el pedido.
“ En Argentina una persona humana puede solicitar su propia quiebra.
No es un procedimiento reservado exclusivamente para empresas o comerciantes: la Ley de Concursos y Quiebras también comprende a las personas humanas ”, explica Mazzeo Hambo.
La cesación de pagos marca el punto de partida La existencia de una deuda, incluso cuando su monto sea elevado, no alcanza por sí sola para definir una situación de quiebra .
Lo que importa es la capacidad de la persona para afrontar sus compromisos en forma regular.
“Lo importante no es solamente la existencia de una deuda, sino poder demostrar el estado de cesación de pagos” , afirma la especialista.
La ley contempla distintos hechos que pueden exteriorizar esa situación.
Entre ellos figura la mora en el cumplimiento de una obligación, aunque no es el único elemento que puede demostrar la cesación de pagos.
Por eso, el análisis toma en cuenta el conjunto de la situación económica : los ingresos, los gastos indispensables, las deudas existentes, sus vencimientos, la capacidad efectiva de pago y el patrimonio disponible.
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