MTC hace oficial reducción excepcional del 90% en multas de tránsito y transporte público y privado: conoce los plazos y detalles de la medida
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció un régimen excepcional que permite reducir en 90 % determinadas multas por infracciones de transporte y tránsito terrestre .
La medida fue aprobada mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC y contempla condiciones específicas según el tipo de infracción y la situación administrativa de cada multa.
La disposición alcanza a infracciones vinculadas con el transporte público y privado , además de aquellas relacionadas con el tránsito terrestre.
El beneficio tiene carácter voluntario y busca facilitar el pago de obligaciones pendientes dentro de los periodos definidos por la norma.
El régimen establece dos plazos de vigenci a.
Para las multas por infracciones de tránsito, el periodo es de 90 días calendario , mientras que para las infracciones de transporte el plazo llega a 180 días calendario .
La medida comprende distintos estados de las multas, incluidos procedimientos administrativos y procesos de ejecución coactiva.
El Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC también determina qué infracciones quedan fuera del beneficio y fija disposiciones para los casos con pagos parciales o recursos administrativos pendientes.
Además, ordena modificaciones posteriores en las tablas de infracciones y sanciones bajo competencia del MTC y de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).
Reducción del 90 % y plazos establecidos Según el decreto publicado por el MTC, la reducción alcanza el 90 % de las multas impuestas por infracciones contempladas en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte , el Reglamento Nacional de Tránsito, las normas de los servicios públicos de transporte bajo competencia de la ATU y las ordenanzas de las municipalidades provinciales.
El periodo para acceder al beneficio depende de la naturaleza de la infracción.
Las multas correspondientes a infracciones de tránsito cuentan con una vigencia de 90 días calendario, mientras que las multas por infracciones de transporte disponen de un plazo de 180 días calendario.
La medida también comprende multas pendientes de inicio del procedimiento administrativo sancionador, aquellas que se encuentren en trámite, las que tengan carácter firme, las impugnadas y las que estén en ejecución coactiva.
También se incluyen las multas impuestas durante el periodo de vigencia del régimen.
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