Cárcel para dueños y conductores: El Salvador penalizará hasta con 15 años las imprudencias en buses y camiones
La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa de El Salvador emitió dictámenes favorables para reformar el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial , con el objetivo de endurecer las sanciones por conducción peligrosa, en especial cuando involucre transporte colectivo de pasajeros o vehículos de carga.
La propuesta plantea que conducir bajo los efectos del alcohol, sin importar la concentración detectada, continúe como delito de conducción peligrosa.
También incorpora como conducta penalmente sancionable manejar un bus o un vehículo de carga sin la licencia correspondiente para esa categoría.
El fiscal general de la República, Rodolfo Delgado , explicó que la conducción peligrosa tendría una pena de dos a cinco años de prisión.
Cuando el hecho ocurra al mando de un vehículo destinado al transporte público colectivo o de carga, la pena se elevaría de cinco a 10 años.
Si la conducta provoca lesiones o muertes, las penas por lesiones culposas u homicidio culposo podrían llegar hasta 15 años de prisión cuando el responsable conduzca un bus o un vehículo de carga .
La eventual condena incluiría la suspensión del derecho a conducir durante el mismo plazo de la pena impuesta.
La reforma define la conducción peligrosa como un delito de peligro abstracto.
Esto implica que la Fiscalía General de la República podrá iniciar el proceso con la sola comprobación de una de las conductas previstas, sin que sea necesario que exista una víctima lesionada o fallecida.
Entre esas conductas figuran la conducción con presencia de alcohol, bajo efectos de drogas que reduzcan las capacidades para manejar, la participación en competencias de velocidad sin autorización y la conducción de transporte colectivo o de carga sin la habilitación requerida.
Prisión para propietarios que entreguen vehículos a conductores no autorizados La iniciativa incorpora un nuevo delito para los propietarios, poseedores o encargados de buses y vehículos de carga de ocho toneladas o más que los entreguen a personas sin la licencia correspondiente .
Según la propuesta, quienes permitan esa práctica podrían recibir penas de cinco a 10 años de prisión .
La sanción aumentaría si el conductor causa lesiones o muertes.
El propietario y el conductor responderían de forma solidaria por los daños y perjuicios que se determinen en el proceso judicial.
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