En 2014, un colectivo le pisó el pie mientras cambiaba la rueda de una camioneta en la ruta y la Justicia falló 12 años después
Un fallo judicial dictado en los últimos días puso fin a una larga disputa por un accidente vial ocurrido en 2014 en Esteban Echeverría , cuando un colectivo de la línea 306 le pisó el pie a un hombre que cambiaba la rueda de una camioneta en la banquina.
La sentencia, firmada por la jueza María Gabriela Fernández Zurita, condenó a la empresa de transporte, al chofer y a la aseguradora a pagar una indemnización de $2.010.000 más intereses.
El reclamo y la respuesta de la empresa El accidente se produjo el 24 de junio de 2014, cerca de las 14:45, en la esquina de Camino de Cintura y Nahuel Huapí , en la localidad de 9 de Abril.
La víctima estaba realizando el cambio de un neumático sobre la banquina, a metros de la gomería de su padre, cuando el colectivo invadió la banquina y le pasó por encima del pie derecho con la rueda trasera .
La rueda trasera del colectivo le pasó por encima al pie del mecánico. (Foto: Adobe Stock) Tras el accidente, el mecánico inició una demanda civil contra la empresa de colectivos y su aseguradora, y solicitó una indemnización por daños y perjuicios.
En su defensa, la empresa dio una versión distinta y dijo que el conductor del colectivo “escuchó un ruido y vio por el espejo que el criquet que sostenía el vehículo cedió, provocando la lesión” .
La prueba y la decisión judicial La causa incluyó peritajes médicos y psicológicos , además de testimonios.
El perito médico sostuvo que el hombre había sufrido un traumatismo en el pie derecho, aunque no se pudieron establecer secuelas permanentes .
La perito psicóloga concluyó que no existían daños psíquicos .
Un testigo, dueño de un taller mecánico y conocido de la víctima, contó que vio el momento exacto cuando el colectivo le pisó el pie al hombre, confirmando la versión del demandante.
La jueza consideró que el testimonio era “coherente” y que “no había elementos para dudar de su veracidad” .
Leé también: Compró 2 portones por $593 mil en Mercado Libre, la empresa cerró y nunca los entregó: la Justicia ordenó pagar más de $4 millones La sentencia determinó que la empresa y el chofer no lograron demostrar ninguna prueba que los eximiera de la responsabilidad y los condenó.
El monto de la indemnización y los fundamentos del fallo El fallo reconoció $2.000.000 en concepto de daño moral , debido a los padecimientos sufridos por la víctima, y $10.000 por gastos médicos y de farmacia .
La jueza desestimó el reclamo por incapacidad sobreviniente y daño psicológico, ya que los peritajes no acreditaron secuelas físicas ni psíquicas.
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