Asesinos y violadores de niños tendrían fuerte cambio en sus penas en Colombia: este es el proyecto de ley
Un juez deberá revisar de oficio la condena de cualquier adulto condenado por violar o asesinar a un menor —pero solo después de 20 años de prisión efectiva—, y sin que esa revisión garantice la libertad.
Ese es el eje del proyecto de acto legislativo que Nataly Vélez, representante a la Cámara por Cambio Radical , radicó el 26 de agosto ante el Congreso de Colombia.
La iniciativa busca modificar el artículo 34 de la Constitución Política para permitir, de forma excepcional, la prisión perpetua revisable a adultos condenados por homicidio doloso y agresiones sexuales graves contra niños, niñas y adolescentes.
Es una causa que Vélez arrastra desde 2016, cuando la impulsó en el Concejo de Medellín, y que ahora coincide con uno de los compromisos de campaña del presidente Abelardo de la Espriella.
Las cifras que motivaron el proyecto El texto radicado ante el Congreso se apoya en datos de la Policía Nacional correspondientes a 2025.
Ese año se registraron cerca de 10.000 reportes de delitos sexuales contra menores, lo que equivale a 27 casos diarios, uno cada 53 minutos.
En materia de homicidios, las cifras son igualmente graves: alrededor de 540 niños, niñas y adolescentes fueron asesinados ese año, con un promedio de una víctima cada 16 horas.
Qué delitos cubriría y cómo funcionaría la revisión La pena aplicaría a adultos condenados por homicidio doloso, acceso carnal violento y acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir, siempre que la víctima sea menor de edad y el caso sea de especial gravedad.
La ley posterior al acto legislativo definiría cuáles situaciones califican como tales.
Transcurridos 20 años de prisión efectiva, un juez revisará de oficio si procede reducir o sustituir la pena.
La revisión no implica libertad automática: si el condenado no cumple las condiciones establecidas, permanece en prisión y el proceso se repite de forma periódica.
Toda sentencia tendrá, además, control automático desde el momento de su expedición.
El ajuste a la Corte Constitucional El diseño del proyecto responde directamente al fallo que tumbó una iniciativa anterior.
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-294 de 2021, declaró inexequible el acto legislativo previo sobre cadena perpetua por considerarla una pena irreductible.
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