Ahorrá en la cuota: claves para elegir el mejor seguro de auto sin pagar de más
La Ley de Tránsito N° 24.449 en su artículo 40 indica que cada conductor debe contratar un seguro para poder circular.
El hecho de no tenerlo sancionará al conductor con una multa elevada y existe la posibilidad de que retengan el vehículo.
Manejar sin el seguro al día es motivo para que te retengan el auto.
Foto: Freepik.es.
Mas allá de la obligatoriedad, el Estado le da la opción a cada persona que elija que tipo de seguro quiere tener.
El obligatorio es el de Responsabilidad Civil (más conocido como el “seguro contra terceros”).
Los cuatro tipos de seguros para autos Independientemente de la compañía de seguros que elijas todas tienen por defecto estos cuatro tipo de seguros: A: Responsabilidad civil: este tipo de cobertura es el que se requiere obligatoriamente por ley para circular.
Cubre los daños provocados a terceros y/o sus cosas en accidentes de tránsito.
En cambio, tu auto no tiene ningún tipo de cobertura.
B: RC + daños a terceros + robo total, incendio total y destrucción total por accidente.
Este tipo de seguros ampara la pérdida total del vehículo, sea por robo, incendio o destrucción total por accidente. ¿Qué quiere decir esto? Que no tendremos cobertura en caso de daños, incendio o robo cuando estos sean parciales.
Se trata de una opción que se destaca por ser relativamente económica y salvarnos en situaciones críticas como el robo de nuestro auto.
C: RC + daños a terceros + robo total y/o parcial, incendio total y/o parcial y destrucción total del rodado por accidente.
Este tipo de seguros, además de agregar la cobertura de daños parciales por incendio o de robos parciales, puede incluir beneficios adicionales como, daños a cristales, a cerraduras y granizo, etc.
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