Contrató un fotógrafo para los 15 de su hija, no le gustaron las fotos y lo demandó: por qué la Justicia rechazó el reclamo
La contratación de un servicio de fotografía para el cumpleaños de 15 de una adolescente terminó en una disputa judicial en los tribunales de Lomas de Zamora, luego de que la familia de la joven demandó al profesional al considerar que las imágenes y el video entregados no cumplían con lo acordado.
Tras analizar las pruebas reunidas, la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial confirmó que no existía evidencia suficiente para responsabilizar al fotógrafo y rechazó el reclamo, imponiendo además a los padres de la joven la obligación de pagar los gastos del juicio .
El conflicto se originó a raíz de la contratación de un servicio de fotografía y video para una celebración.
Los reclamantes alegaron que el profesional inicialmente contratado no asistió personalmente al evento y que la persona enviada en su reemplazo no cumplió con las expectativas pactadas.
Sostuvieron que la calidad del trabajo no correspondió a lo acordado y que, en consecuencia, no recibieron las imágenes esperadas .
Según la presentación realizada en el expediente, la familia relató que contrató y abonó por anticipado un servicio completo de fotografía y filmación.
El acuerdo incluía la cobertura del evento hasta las 7 de la mañana, aunque el fotógrafo y el camarógrafo se retiraron dos horas antes, asegurando que ya contaban con suficiente material para el álbum y el video.
Días después, al acudir al local comercial para seleccionar las cien imágenes que formarían parte del álbum, los demandantes afirmaron que se encontraron con fotos de baja calidad, repetidas y tomadas desde ubicaciones inadecuadas, además de notar la ausencia de imágenes clave del evento.
Manifestaron su descontento por la falta de cumplimiento del acuerdo y señalaron que, al intentar reclamar personalmente en la casa de fotografía, recibieron respuestas ofensivas y fueron expulsados del local.
La demanda fue rechazada en primera instancia.
El juez consideró que no se había probado de manera fehaciente la existencia de un daño indemnizable, ni la relación causal directa entre el servicio prestado y el perjuicio alegado.
Además, el magistrado impuso las costas del proceso a los reclamantes.
Los demandantes recurrieron la decisión y presentaron su apelación.
En su escrito, insistieron en que la demanda no se limitaba a la calidad de las fotografías, sino también al hecho de que la persona que cumplió el servicio no era quien habían contratado .
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