En Nueva York: la ley que reforzaría la prohibición a las escuelas de pedir el estatus migratorio para inscribir a un niño
El Proyecto de Ley A10021 de la Asamblea de Nueva York, correspondiente al período legislativo 2025-2026 y que aún se encuentra en comisión, busca reforzar las protecciones para estudiantes migrantes .
Aunque varias de esas garantías ya están vigentes, la iniciativa incorpora nuevas reglas y procedimientos para las escuelas ante autoridades migratorias.
A10021 en Nueva York: qué datos migratorios no podrían pedir las escuelas El A10021 contempla una prohibición similar a la que ya rige: impedir que los centros educativos soliciten o exijan documentación que permita determinar la ciudadanía, el estatus migratorio, el lugar de nacimiento, la nacionalidad o el origen nacional de un alumno, sus padres o tutores, excepto cuando exista una obligación establecida por una ley estatal o federal.
La Education Law §3201-b , cuya revisión más reciente data del 29 de mayo, ya establece que ningún niño puede ser privado de educación pública gratuita debido a su estatus migratorio o de ciudadanía .
Además, la legislación actual restringe que las escuelas consulten o recopilen datos sobre ciudadanía, estatus migratorio, nacionalidad u origen nacional, salvo las excepciones previstas por la norma.
La nueva iniciativa, en tanto, incorpora nuevos procedimientos específicos frente a las autoridades migratorias .
El A10021 propone ampliar las reglas sobre el ingreso de agentes a propiedades y actividades escolares, exigir que las instituciones documenten sus intervenciones y establecer mecanismos de notificación y consentimiento ante pedidos de acceso a estudiantes o sus expedientes.
Qué nuevas protecciones propone el A10021 para las escuelas de Nueva York A diferencia de la legislación vigente, que restringe el acceso de autoridades migratorias a áreas no públicas de las escuelas , El A10021 impediría el ingreso de agentes a la propiedad escolar o a actividades patrocinadas por las instituciones , incluso cuando estas se realicen fuera del establecimiento, salvo que presenten una orden o citación judicial válida.
La iniciativa también exigiría que las escuelas soliciten identificación y registren el nombre y el organismo de los agentes migratorios que busquen ingresar, acceder a un estudiante o consultar sus expedientes.
Además, deberían monitorear, documentar y conservar un registro de las interacciones con esas autoridades.
Otra de las diferencias aparece ante los pedidos de acceso a estudiantes o sus registros.
En esos casos, el A10021 exigiría procedimientos para notificar a los padres y solicitar su consentimiento , o el del alumno si tiene 18 años o más o está emancipado, salvo que exista una orden o citación judicial que restrinja esa notificación.
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