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Las claves del fallo por Sueños Compartidos: uno de los jueces votó por absolver a todos y los dirigentes políticos que evitaron el juicio

La Nación ·
Las claves del fallo por Sueños Compartidos: uno de los jueces votó por absolver a todos y los dirigentes políticos que evitaron el juicio

El fallo por el escándalo del plan de viviendas sociales Sueños Compartidos que construyeron las Madres de Plaza de Mayo se explica porque uno de los jueces del tribunal votó por absolver a todos los acusados con el argumento de que la causa estuvo mal instruida, pero también por el sobreseimiento prematuro de gobernadores e intendentes que recibieron un presupuesto de 700 millones de pesos hace 15 años y porque la responsabilidad política no siempre se convierte en responsabilidad penal.

La sentencia del Tribunal Oral Federal N°5 condenó al exsecretario de Obras Públicas José López a 2 años y nueve meses de prisión en suspenso; al exsubsecretario Abel Fatala a 2 años y nueve meses; a los hermanos Sergio y Pablo Schoklender , exapoderados de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, a dos años y ocho meses y dos años y cuatro meses, respectivamente, por el desvío de más de 206 millones de pesos.

El exministro de Planificación Federal Julio De Vido fue absuelto, al igual que otros cuatro imputados.

El fallo fue dictado por los jueces Adriana Paliotti , Daniel Obligado y Adrián Grünberg .

Por tratarse de una condena menor a 3 años y en suspenso, los condenados no irán presos.

Si bien los fundamentos de la sentencia se conocerán el 11 de noviembre, estas son las claves del fallo: La disidencia : el juez Adrián Grunberg votó por absolver a todos los acusados, incluidos los funcionarios.

Solo los votos de la jueza Paliotti y del juez Obligado permitieron las condenas a López, Fatala y a los hermanos Schoklender.

Grunberg es el mismo juez que decidió en este tribunal absolver a Cristina Kirchner sin juzgarla en el caso Hotesur y Los Sauces.

La absolución de De Vido : todos los jueces del tribunal optaron por absolver a Julio de Vido.

Las razones pasaron porque la responsabilidad política no se convierte automáticamente en responsabilidad penal.

Si bien era el ministro, el responsable del programa no aparece firmando nada.

La responsabilidad que valoró el tribunal es la penal.

Imputar a De Vido por su rol institucional es un caso de responsabilidad objetiva que está vedado para nuestro sistema penal.

De seguir esa idea, se podría haber llegado a Cristina Kirchner.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.lanacion.com.ar — el contenido pertenece a La Nación.

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