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Economía

FAL: los 5 pasos que debe cumplir una empresa antes del 1 de diciembre

El Cronista ·
FAL: los 5 pasos que debe cumplir una empresa antes del 1 de diciembre

Las empresas privadas tienen ahora un mes más para prepararse para la entrada en funcionamiento del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) , el mecanismo creado por la reforma laboral para ayudar a cubrir determinadas obligaciones derivadas de la finalización de relaciones de trabajo.

El Gobierno postergó la puesta en marcha del régimen del 1° de noviembre al 1° de diciembre de 2026.

Al mismo tiempo, duplicó de seis a 12 meses el período de carencia, es decir, el plazo durante el cual los recursos acumulados por un empleador no podrán utilizarse para atender las obligaciones previstas por el sistema.

La modificación fue dispuesta por el Decreto 1228/2026, publicado este martes, que reemplazó los artículos 15 y 27 del Decreto 408/2026.

El Gobierno argumentó que la implementación requiere adecuar procedimientos, sistemas y herramientas y que la experiencia y los pedidos técnicos del sector mostraron que los seis meses previstos originalmente eran insuficientes para formar un patrimonio inicial suficiente.

Para las empresas, el cambio no significa solamente esperar hasta diciembre.

Antes de que llegue esa fecha deberán resolver una serie de cuestiones operativas para que los aportes puedan ser derivados correctamente al vehículo elegido.

Los cinco pasos principales que debe revisar la empresa para ingresar al FAL 1.

Confirmar si la empresa está alcanzada El primer paso es determinar si el empleador está incluido en el régimen.

El FAL fue creado para los empleadores del sector privado y tiene como objetivo coadyuvar al cumplimiento de determinadas obligaciones vinculadas con la extinción de relaciones laborales, incluidas indemnizaciones por preaviso, integración y despido contempladas por la Ley de Contrato de Trabajo y determinados estatutos profesionales.

La ley establece que el fondo solamente puede dar cobertura respecto de trabajadores registrados con una antigüedad de al menos 12 meses al momento de la extinción de la relación laboral.

Los trabajadores no registrados quedan expresamente fuera del sistema.

También están excluidas las relaciones laborales alcanzadas por los regímenes de la construcción y del personal de casas particulares.

Por eso, antes de avanzar con la apertura de una cuenta, la empresa debe identificar qué relaciones laborales están comprendidas.

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5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.cronista.com — el contenido pertenece a El Cronista.

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