Crimen de Bastián Escalante: en un polémico fallo, Casación ordenó revisar la pena contra el policía que mató al niño de 10 años
En un polémico fallo, el Tribunal de Casación Penal bonaerense ordenó revisar la pena de 21 años de prisión que recibió Juan Alberto García Tonzo, el policía bonaerense condenado por la muerte del niño Bastián Escalante, de 10 años, quien falleció en 2024 tras ser alcanzado por uno de los disparos que el agente efectuó contra delincuentes intentaron robarle su moto en Wilde.
En la resolución, a la que accedió Infobae , los jueces de la Sala III mantuvieron la condena y la calificación legal de los hechos, pero cuestionaron tres elementos que habían sido utilizados para agravar la pena : la edad de Bastián , la conducta del policía después del hecho y el uso abusivo del arma reglamentaria .
Por eso, ordenaron realizar nuevamente la audiencia de cesura.
García Tonzo había sido condenado el 8 de octubre de 2025 a 21 años de prisión y 10 años de inhabilitación especial.
Un jurado popular lo había declarado culpable por el crimen de Bastián -homicidio con dolo eventual agravado por el uso de arma de fuego- y por los disparos a los delincuentes -homicidio agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa , cometido con exceso en la legítima defensa-.
En el dictamen de Casación, los magistrados Víctor Horacio Violini y María Florencia Budiño coincidieron en mantener su responsabilidad penal, pero consideraron que la jueza María Angélica Sayago del Castillo cometió un error en valorar las tres cuestiones mencionadas anteriormente para establecer la pena.
El primer punto tiene que ver con que la magistrada en primera instancia había considerado como una circunstancia agravante que la víctima fuera un niño de 10 años.
Casación entendió, en cambio, que ese dato ya estaba comprendido dentro del propio hecho por el que García Tonzo fue condenado, por lo que volver a utilizar esa circunstancia para aumentar la pena implicaría valorarla nuevamente.
El segundo tiene que ver con que la sentencia principal había tenido en cuenta que el policía no auxilió a Bastián después de los disparos y que tampoco había mostrado, según la apreciación de la jueza, un arrepentimiento sincero durante el juicio.
No obstante, Casación consideró que esas circunstancias posteriores al hecho no podían ser utilizadas como agravantes para incrementar la pena.
El tercer elemento fue el uso abusivo del arma de fuego reglamentaria .
En el juicio se había considerado como un dato grave que García Tonzo utilizara su arma en una zona de circulación de vecinos, en un horario en el que había movimiento por la salida de chicos de una escuela y un club ubicados en la misma zona.
Pero Casación entendió que ese dato no podía ser utilizado nuevamente como agravante cuando ya se había ponderado su condición de funcionario público y el uso del arma dentro de la calificación penal.
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