El Gobierno reorganizó el Registro Nacional de Armas y amplió sus funciones
El Gobierno reorganizó el Registro Nacional de Armas (RENAR) con la firma del decreto 770/2026 .
Se enfocó en los objetivos y atribuciones dentro de una estructura que viene implementando transformaciones en el último tiempo.
La norma, publicada este viernes en Boletín Oficial , expresa las funciones específicas, la estructura del organigrama y la participación del organismo en investigaciones por delitos.
En lo que refiere a los alcances de su accionar, el decreto señala el registro, autorización, control y fiscalización de toda actividad vinculada a la fabricación, comercialización, tenencia, portación, importación, exportación y destrucción de armas de fuego, municiones, pólvoras, explosivos y materiales afines , con la única excepción del armamento perteneciente a las Fuerzas Armadas.
En el listado de objetivos principales, el Gobierno resume que tendrá competencia sobre todo el universo de materiales controlados en manos civiles y de las fuerzas de seguridad, pero no sobre el armamento militar.
Esto también incluye el manejo del Banco Nacional de Materiales Controlados y su red de depósitos, donde se registran las armas de fuego municiones y otros materiales que luego serán destruidos. .container-video { position: relative; width: 100%; overflow: hidden; padding-top: 2%; } .responsive-iframe-video { position: absolute; top: 0; left: 0; bottom: 0; right: 0; width: 100%; height: 100%; border: none; } El RENAR participará de campañas públicas, colaborará en investigaciones de delitos vinculados a armas de fuego y explosivos y llevará adelante operativos e inspecciones territoriales .
Más allá del control y el registro, el decreto también le asigna al organismo un rol activo en materia de prevención de la violencia armada y combate al tráfico ilícito de armas .
A eso se suma la obligación de producir estadísticas periódicas sobre hechos y actividades vinculadas al uso de armas, información que deberá compartir con los organismos encargados de diseñar estrategias contra el tráfico ilícito.
El organismo quedará a cargo de un director ejecutivo con rango y jerarquía de secretario, asistido por un subdirector ejecutivo con rango de subsecretario, ambos designados directamente por el Poder Ejecutivo.
El decreto aprueba además la estructura de primer y segundo nivel operativo, aunque faculta al titular del Ministerio de Seguridad a modificar este segundo nivel sin incremento de unidades ni de partidas presupuestarias, siempre que cuente con la intervención previa de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional.
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