Régimen penal juvenil: los seis cuestionamientos que hizo la fiscalía contra el fallo que sobreseyó al menor de 14 años
La Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil (UFEPJ) apeló el fallo de la jueza Laura Beatriz De Marinis , que declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) , y que dispuso el sobreseimiento de un adolescente de 14 años imputado por una tentativa de robo en flagrancia.
El fiscal coordinador Mauro Andrés Tereszko pidió que se revoque la resolución, se mantenga la aplicación de la norma, se aparte a la magistrada de la causa, y se ordene el sorteo para definir un nuevo juez que intervenga en el caso .
Además, sostuvo que el sobreseimiento cerró de manera definitiva el proceso respecto del adolescente e impidió al organismo ejercer la acción penal.
Según la reconstrucción de la fiscalía, el expediente se inició por un episodio que involucró al menos a cuatro adolescentes , entre ellos al chico de 14 años identificado como M.I.A.
El grupo se acercó a una persona en la calle, le exigió el teléfono celular y comenzó a perseguirla, después de que se negara a entregarlo.
Un agente policial observó la situación e intervino antes de que el hecho se consumara.
Los jóvenes fueron trasladados al Centro de Admisión y Derivación “Úrsula Llona de Inchausti” de la Ciudad de Buenos Aires, y recuperaron la libertad ese mismo día.
La calificación inicial fue tentativa de robo, sin embargo, la UFEPJ consideró que el hecho debía investigarse como tentativa de robo agravado por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, una figura contemplada en el artículo 167, inciso 2, del Código Penal.
El fallo de De Marinis se apoyó en el requerimiento de la defensa pública, que había promovido un planteo de inconstitucionalidad del nuevo sistema penal juvenil y, de manera subsidiaria, cuestionó la competencia del juzgado, antes de que se notificara formalmente a los adolescentes o avanzara la pesquisa.
Los seis fundamentos de la fiscalía La apelación del Ministerio Público Fiscal se estructura en seis cuestionamientos centrales a la decisión que declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801.
En conjunto, los agravios sostienen que el fallo carece de una fundamentación constitucional suficiente , asigna un alcance excesivo a estándares internacionales no vinculantes, y mezcla el análisis de la edad de punibilidad con circunstancias propias del caso investigado.
1- La jueza no explicó qué derecho constitucional vulnera la ley La fiscalía sostiene que la jueza declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 sin indicar con precisión qué norma de la Constitución Nacional o de los tratados internacionales resultaría contrariada.
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