Una mujer con más de una docena de enfermedades crónicas pierde su batalla judicial para que la Seguridad Social le reconozca la incapacidad permanente absoluta
Una mujer que se cae con frecuencia, que no puede controlar sus esfínteres, que lleva más de dos décadas en tratamiento psiquiátrico y que acumula fracturas por su propia inestabilidad al caminar recibió en julio de este año la misma respuesta que ya le habían dado antes: su situación no es suficientemente grave .
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria confirmó que esta celadora de 67 años debe seguir cobrando una incapacidad permanente total —y no absoluta— pese a que su cuadro clínico se ha agravado desde que le reconocieron esa prestación en 2012.
La diferencia entre una incapacidad permanente total y una absoluta determina si una persona puede o no ser considerada apta para cualquier trabajo en el mercado laboral.
La incapacidad permanente absoluta inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio ; la total, en cambio, solo le impide ejercer su profesión habitual, pero deja abierta la puerta a otros empleos.
Los jueces consideran que esta mujer aún puede desempeñar trabajos sedentarios .
Y eso que el tribunal reconoce expresamente que su situación clínica se ha agravado desde 2012: han aparecido una patología cervical y una patología respiratoria en forma de síndrome de apneas e hipopneas del sueño moderadas.
Pero la Sala concluye que “la repercusión funcional no es tan relevante o suficiente para justificar una incapacidad permanente para todo trabajo retribuido, especialmente las labores denominadas livianas o sedentarias”.
En el momento de la exploración médica, la mujer presentaba buen estado general, marcha autónoma conservada sin claudicación y pruebas de equilibrio normales.
La prestación que seguirá percibiendo tiene una base reguladora de 382,45 euros mensuales.
El historial médico de esta trabajadora incluye más de una docena de enfermedades crónicas, que llevaron al Juzgado Social de Santander a declararla, en 2012, en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de celadora.
Desde entonces, su situación ha empeorado con diversas fracturas y con una alteración inmunológica que la expone a riesgo de trombosis y la obliga a extremar precauciones ante cualquier viaje largo, inmovilización o intervención quirúrgica.
Pese a todo ese historial, el INSS resolvió en 2023 que no era necesario revisar el grado de invalidez.
Los motivos para ir a juicio La mujer llevó entonces su caso a los tribunales .
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