De reclamar por un accidente de tránsito a demandar a su propio abogado: la Justicia condenó al letrado por negligencia
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de un abogado por la pérdida de un juicio de daños derivado de un accidente de tránsito , aunque revocó la indemnización reconocida en primera instancia por daño psicológico y tratamiento de psicoterapia.
El tribunal consideró que el profesional incumplió sus deberes al impulsar de forma defectuosa el expediente y permitir que se declarara la caducidad de la instancia.
El caso se originó a partir de un accidente ocurrido el 23 de julio de 2019.
La demandante —de 65 años en ese momento— había encargado al letrado que la representara para iniciar una demanda contra el conductor de otro vehículo, al que atribuyó haber chocado desde atrás el automóvil en el que viajaba .
La mujer sostuvo que ese hecho le produjo daños y que tenía derecho a obtener una reparación económica.
Según la resolución, existía una relación previa entre ambos porque el abogado ya la había representado en otro reclamo por un siniestro vial ocurrido el 10 de octubre de 2018.
Para ambos asuntos se utilizó un poder judicial que autorizaba al profesional a actuar en nombre de la clienta.
La controversia se centró en quién debía responder por la frustración del segundo proceso.
La demandante afirmó que el abogado dejó de atender el encargo durante varios años y que la demanda judicial se presentó recién el 15 de junio de 2022.
También planteó que no había sido notificada de tres instancias de mediación previas, fechadas el 5 de septiembre y el 24 de octubre de 2019, además del 7 de diciembre de 2022.
En su planteo, la mujer cuestionó además la primera acta de mediación.
Señaló que una persona habría firmado en su nombre sin autorización, lo que motivó una denuncia penal.
La Cámara aclaró que ese episodio no modificaba la responsabilidad analizada, dado que aquella audiencia no había contado con la intervención del abogado demandado.
El profesional, en cambio, sostuvo que la falta de avance del juicio obedeció a la conducta de su clienta .
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