El Constitucional amparará a Turull y abre la vía para amnistiar todo el 'procés'
La mayoría del TC, que preside Cándido Conde-Pumpido, ha tumbado este martes la ponencia del magistrado José María Macías que proponía desestimar el recurso de amparo del dirigente de Junts y condenado Jordi Turull al considerar que la interpretación que hizo el Supremo sobre la malversación del 'procés' fue correcta y no vulneró ningún derecho de los recurrentes al negarse a aplicarles la ley de amnistía.
Conforme a la hoja de ruta prevista (y anunciada) por el presidente del Tribunal, los magistrados de la mayoría consideran que el exconsejero de Puigdemont, y por ende, los que vienen detrás, debe beneficiarse de la norma que borrará ya de forma definitiva los delitos que motivaron las condenas del 1-O.
Cuando esta decisión se plasme en sentencia, esto supondrá una nueva desautorización al Tribunal Supremo y el reconocimiento implícito de que su decisión de no aplicar la ley al delito de malversación fue «ilógica y arbitraria».Aunque quedan semanas para que ver esa resolución redactada, el intercambio de opiniones que se ha producido este martes ya implica el reconocimiento del amparo, pues el rechazo a la ponencia del magistrado Macías supone que ahora hay que redactar un nuevo texto en sentido contrario.
Será el propio magistrado el que coja las riendas de ese nuevo borrador, como el propio Macías ha manifestado ante sus compañeros.
Eso sí, el hecho de que recoja el sentir de la mayoría no implica que no pueda redactar un voto particular contrario a sus compañeros que recoja en definitiva los argumentos que este martes ha llevado al Pleno a favor de la desestimación el recurso.
Conde Pumpido, por su parte, ha dicho que también llevará al próximo pleno, el 6 de octubre, la que le corresponde, la de la exdirigente independentista Dolors Bassa.
En ese borrador de sentencia, del que informó ABC el pasado 12 de septiembre, Macías niega que el Supremo haya realizado una lectura «imprevisible y contra reo» de la norma, como argumenta el líder de Junts. «No responde a ninguna exégesis arbitraria, ilógica o manifiestamente errónea» de la ley de amnistía, dice el magistrado.A su juicio, cuando la Sala Segunda del TS señaló que los líderes del 1-O obtuvieron «un indiscutible beneficio patrimonial al disponer de los caudales públicos como si fueran propios» no se inventó un nuevo requisito, sino que aplicaron una inferencia lógica: al desviar fondos de la Generalitat para financiar el referéndum ilegal, «eludieron el coste inherente a su proyecto político, evitando sufragar con su propio patrimonio los gastos de una actividad ajena a sus funciones públicas».
Por tanto, este beneficio económico directo justifica la exclusión de la amnistía.Turull alegaba que el Supremo vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva (art.
24 CE) al retorcer la ley.
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