Conde-Pumpido no irá a un nuevo choque con el Supremo por la 'ley de nietos' antes del 29-N
La decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión del censo de la 'ley nietos' ha caído como un jarro de agua fría en el Gobierno, que confiaba en que esa "imposibilidad" de ordenar los expedientes de nacionalización alegada por la Abogacía del Estado (separando aquéllos en los que acreditó el arraigo de aquéllos otros en los que no se hizo) se iba a traducir en el respaldo de la Sala Tercera a un censo fraudulento.
Lejos de ello, el Alto Tribunal se ha decantado por el interés general que supone un proceso electoral limpio y por recordar a la Administración que es su desidia la que ha provocado que se queden sin votar personas que sí tenían derecho a hacerlo.
Fuentes jurídicas se muestran convencidas de que el Ejecutivo minusvaloró al Supremo y pensó en todo momento que en la ponderación de intereses en juego, los magistrados se decantarían por permitir votar a todos los nacionalizados inscritos, "haciendo la vista gorda" respecto a un número desconocido de electores (dentro de un total de 163.000) que se nacionalizaron con la instrucción de Sofía Puente, y no con la 'ley de nietos' propiamente dicha, en la que había que justificar el exilio del padre o abuelo.
El asunto se encuentra en plena tramitación en la Sala Tercera del Supremo, por lo que constituye "una competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria y de la administración electoral", puntualizan en el TCEn esta tesitura, el Gobierno tiene la vista puesta en el Tribunal Constitucional de Conde-Pumpido, que en esta ocasión, y a diferencia de lo que sucedió con la amnistía , no parece estar dispuesto a intervenir en este procedimiento en curso provocando un nuevo choque de trenes.
Fuentes próximas a la presidencia del órgano de garantías desactivan así las especulaciones sobre una hipotética maniobra de urgencia que pudiera alterar el tablero electoral a última hora.
El asunto se encuentra en plena tramitación en la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por lo que constituye "una competencia exclusiva de la jurisdicción ordinaria y de la administración electoral", que son las únicas instancias llamadas a resolver el fondo del asunto, puntualizan.El emplazamiento del Supremo Los propios plazos procesales ponen de relieve la imposibilidad material de que el Constitucional emita un pronunciamiento de fondo antes de que los ciudadanos acudan a las urnas en 45 días.
Para empezar, en su auto de conformación de la suspensión del censo de la 'ley de nietos', la Sala Tercera ha emplazado a los afectados y a las partes personadas —en un censo que supera los 163.000 expedientes bajo sospecha— a presentar alegaciones en un improrrogable plazo de cinco días desde la publicación del auto en el BOE.
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