El Supremo confirma la suspensión del censo de la ley de nietos: no podrán votar
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado mantener la suspension del censo de la ley de nietos, por lo que no podrán votar en las elecciones del próximo 29 de noviembre al no haberse podido desglosar los expedientes de los nacionalizados correctamente de aquellos que no lo fueron.
El pasado viernes la Abogacía del Estado pidió al Supremo que levantara la medida cautelar porque el adelanto electoral «hace imposible» llevar a cabo la revisión de unos 170.000 expedientes ordenada por el Alto Tribunal el 10 de septiembre.
Los magistrados reconocieron el «peligro real» que suponía para el proceso electoral el hecho de que pudieran votar personas nacionalizadas de forma irregular.En el foco, la instrucción del Ministerio de Justicia que amplió los supuestos previstos en la ley de Memoria Democrática instaurando una «presunción de exilio» para que pudieran nacionalizarse como españoles todos aquellos que abandonaron nuestro país entre 1936 y 1955, y no solo los hijos y nietos de exiliados durante la guerra civil y la dictadura franquista.
La Sala Tercera paralizó el derecho a voto de ese grupo de nacionalizados a la espera de que se constatara la acreditación del exilio por una u otra vía y emplazó a la Oficina del Censo Electoral al desglose de los expedientes.
El censo electoral que se tendrá en cuenta es del 1 de agosto, y en ese censo exterior están inscritas 2.747.688 personas, un 17 por ciento más que en las elecciones de julio de 2023.
Parte de estos electores lo son gracias a la 'ley de nietos', pero, según los servicios jurídicos del Estado, no se sabe cuáles se nacionalizaron con los requisitos de la ley de Memoria Democrática (la disposición octava de esa norma es la conocida como ley de nietos) y cuáles lo hicieron con la instruccion de Sofía Puente.
En su escrito del pasado viernes la Abogacía argumentó esa imposibilidad de revisión en que la ejecución del auto del Supremo exige modificaciones informáticas que todavía se están desarrollando.
El motivo, explicaba, es que el Registro de Matrícula Consular no permite saber quiénes de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) lo son por la ley de Memoria Democráticas y cuales son por la instrucción sin hacer una comprobación manual a la que ya no se llega a tiempo. «O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone», señaló.En su escrito anterior, en el que inicialmente se opuso a la paralización del censo, la Abogacía del Estado ya trató de restar importancia a la incidencia del CERA en el resultado electoral general.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.abc.es — el contenido pertenece a ABC.