La Audiencia confirma la «intención sexual» del profesor de la US que abusó de tres alumnas
La Audiencia de Sevilla ha confirmado por completo la sentencia que condena a un profesor de la Universidad hispalense por delitos de abusos sexuales cometidos sobre tres alumnas, a las que sometió a tocamientos y comentarios de índole sexual.
El tribunal ha desestimado así el recurso del inculpado contra la sentencia inicial condenatoria, validada por los magistrados.
Como figura en la sentencia, emitida el pasado 19 de junio por la Sección Tercera de la Audiencia y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el TSJA , la defensa del acusado había recurrido en apelación la condena inicial a multas que suman 10.800 euros, impuesta por el Juzgado de lo Penal número cinco de Sevilla a este profesor universitario, por tres delitos de abusos sexuales.
En la sentencia inicial se declaró como hechos probados que el 21 de abril de 2022, el inculpado « como profesor de Estadística del grado de Economía en la Universidad de Sevilla , con ánimo de satisfacer su apetito sexual, tras una revisión de exámenes» con una alumna, «le tiró del pico de la camiseta asomándose para ver su ropa interior».
A otra de las alumnas le tocó «la cara, le acarició los labios y le introdujo un dedo en la boca », mientras a una tercera le indicó que tenía «un botón de la blusa desabrochado», tras lo cual la joven le reprochó que le estuviese observando los pechos.En su recurso de apelación ante la Audiencia, la defensa del profesor alegaba error en la valoración de la prueba e infracción del principio de presunción de inocencia, infracción del artículo 181 del Código Penal sobre delitos sexuales e infracción del principio de que en caso de duda, prevalece lo favorable al acusado.
Pero el tribunal de la Audiencia ha avalado la decisión del juzgado de dar prevalencia a los testimonios de las tres víctimas, al ser sus declaraciones «espontáneas, claras, concisas, veraces, persistentes y coherentes , poniendo de manifiesto que las mismas mantiene un relato de hechos consistente en toda la fase sumarial y en el acto del juicio, sin que se hayan producido alteraciones esenciales en su versión, ni discrepancias de ningún tipo».Las alegaciones del acusado, según la Audiencia, «versan sobre hechos que carecen de relevancia a los efectos que aquí nos ocupa, como serían las dos primeras, relativas al número de alumnos que solicitaron la revisión y el orden de entrada en el despacho, mientras que otras se corresponden c on apreciaciones subjetivas y personales del recurrente», que ha negado los hechos en todo momento.
También esgrime el tribunal que «una de las perjudicadas estaba aprobada, por lo que no existe n ingún ánimo espurio y que las declaraciones de las perjudicadas han sido completamente coincidentes en cuanto a la descripción de cómo tiene lugar la revisión».
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