Gordofobia
A lo largo de la vida, cualquier persona puede ser víctima de un trato discriminatorio por diferentes motivos, como la edad, el lugar de nacimiento, la religión que profese, por su orientación sexual u otras causas similares.
El aspecto físico, y más concretamente la gordura y la obesidad, originan con frecuencia discriminación y exclusión social.
Lo experimentan las mujeres y los adolescentes en mayor medida, pero en general todo aquel individuo que de alguna manera se aleje de los cánones de belleza normativos.
Una clase de opresión y de violencia que el activismo social ya ha definido con el nombre de «gordofobia», vocablo todavía no reconocido por la Real Academia Española (RAE), que se refiere al estigma y a la humillación que sufren por sus características físicas las personas gordas, y que responde a unos prejuicios culturales muy arraigados que atribuyen a la gordura cualidades negativas, como la torpeza, la vagancia o la improductividad.
Estereotipos que asocian la gordura con la fealdad y lo moralmente reprobable, mientras que la delgadez se presenta como un valor positivo, sano, vinculado al éxito y al prestigio social.
Tales prejuicios, además, se difunden amplificados en las redes sociales, donde circulan sin demasiado control las burlas, los chistes (memes) y toda clase de comentarios despectivos sobre el aspecto o la apariencia física de alguien –lo que se conoce como el «body shaming»–, de manera que los más jóvenes se ven expuestos a estos impulsos estigmatizantes, y ello en un momento de sus vidas donde la construcción de la identidad y la aceptación de los demás cobra una importancia enorme, y como pasa con el acceso a la pornografía, luego acaban reproduciendo esas dinámicas negativas sobre sus semejantes.
La apariencia física es, de hecho, uno de los principales motivos del acoso escolar o «bullyng».
Estas agresiones se consideran delictivas porque atentan contra la integridad moral, porque discriminan a la víctima tratándola de modo degradante por sus singulares condiciones físicas o estéticas, es decir, lesionan la identidad individual y el derecho al libre desarrollo de la persona.
El Código Penal no recoge, sin embargo, el aspecto físico o la «gordofobia» como un motivo de discriminación específico.
Por esta razón, la Fiscalía en su Memoria anual de 2026, hecha pública el pasado 10 de septiembre, ha pedido reformar el Código Penal para añadirlo como un tipo concreto de odio, lo que «permitiría incluir los casos de discriminación por obesidad o sobrepeso o también otros casos de discriminación por no ajustarse la persona a los cánones estéticos predominantes».
La propuesta, sin embargo, no parece aconsejable.
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