Una reforma de la ley de extranjería no permitiría la expulsión de los miles de inmigrantes que permanecen en Ceuta
La crisis por la invasión de Ceuta se enquista y el partido del Gobierno ya se abre a registrar una propuesta para modificar la ley de extranjería, como hizo el Partido Popular el 16 de julio.Los dos partidos mayoritarios del Congreso piensan en una reforma normativa que modifique la redacción de una disposición de la ley interpretada por el Tribunal Supremo en el sentido de que no se puede expulsar por el procedimiento exprés o «en caliente» a los inmigrantes que llegan a territorio español a nado y sin superar elementos de contención.
La ley y la interpretación de ésta que hace el Alto Tribunal limita la expulsión inmediata a quienes «intentan cruzar la frontera superando los elementos de contención fronterizos establecidos, como las vallas».
De ahí que el PP plantee modificar la redacción de la ley a «los extranjeros que sean detectados o interceptados en la línea fronteriza terrestre o marítima de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla durante un intento de entrada irregular en territorio nacional podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España».
El PSOE también estaría estudiando la modificación por esa línea, según ha avanzado 'El País'.
Una modificación no resolvería la crisis de Ceuta ni futuras por entradas masivas, pero podría reducir el efecto llamadaPero, ¿solucionaría el problema actual en Ceuta, con miles de inmigrantes aún apostados? Expertos trasladan que no, ni tampoco futuras crisis provocadas por entradas masivas, aunque sí podría reducir el efecto llamada.
Elena García Cazorla, miembro del órgano asesor de la sección de Extranjería del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, explica a ABC que cualquier reforma debe respetar el Derecho de la Unión Europea y del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).
En este sentido, la experta expone que una reforma podría ampliar esos supuestos de rechazo «pero debe ser muy ciudadosa para no vulnerar el art.
4 del Protocolo 4 CEDH (prohibición de expulsiones colectivas) y el principio de no devolución».
Además, aclara que «no permitiría aplicarlo retroactivamente a quienes permanecen en Ceuta, ni autorizaría la devolución inmediata de solicitantes de asilo, menores o personas vulnerables.
La devolución seguirá necesitando identificación, examen individual y respeto del principio de no devolución.
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