El Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la decisión del Supremo por la ley de Nietos
El Tribunal Constitucional ha rechazado la demanda presentada por el Defensor del Pueblo contra la decisión del Tribunal Supremo de paralizar cautelarmente el derecho a voto de 163.000 españoles que tenían derecho a sufragio por la conocida como Ley de Nietos.
El Tribunal de Garantías apoya la ponencia de Arnaldo con 10 votos contra 2, y consideran que la demanda presentada por Ángel Gabilondo es prematura.
Fuentes de Gobierno afirman que respetan la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, considerando que la vía judicial previa no está agotada ante el Tribunal Supremo.
No obstante, añaden que, "la decisión del Pleno del órgano de garantías constitucionales se limita a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión, como no lo ha hecho tampoco el Supremo".
Por último, añaden que "el Gobierno continúa defendiendo que todos los nacionales españoles tienen derecho a voto, el derecho más sagrado en democracia, tal y como establece la Constitución.
En consecuencia, confiamos en que la decisión definitiva deje claro que no se puede suspender masivamente el derecho de voto con una medida cautelar, sin sentencia firme y sin audiencia a cada afectado y que no puede haber ciudadanos de segunda categoría con diferencia de derechos".
El recurso de Gabilondo El recurso de amparo de Ángel Gabilondo ante el Tribunal Constitucional para intentar frenar la suspensión del derecho al voto que afecta a miles de españoles que adquirieron la nacionalidad mediante la conocida como ley de nietos incluía una petición para que se adopten "medidas cautelarísimas" y para que el Constitucional se pronuncie sobre la interpretación realizada por el Tribunal Supremo.
La respuesta deberá llegar, previsiblemente, esta semana.
La institución explicó que Gabilondo ha tomado esta decisión después de recibir distintas solicitudes de particulares y organizaciones que reclamaban su intervención.
Asimismo, el Defensor ha estudiado el pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo del pasado 12 de octubre, en el que se ratificó la suspensión del derecho al sufragio de las personas nacionalizadas a través de esta ley.
El objetivo de la iniciativa es que los afectados puedan ejercer su derecho a votar en las próximas elecciones generales, previstas para el 29 de noviembre.
El Supremo La medida adoptada por el Supremo supone un precedente sin parangón en la historia democrática española, debido a la magnitud de la población afectada.
De acuerdo con las cifras facilitadas por el Gobierno, la suspensión alcanza a 163.020 ciudadanos.
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