Nuevo varapalo del CGPJ a Bolaños por sus quejas contra el juez Peinado
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha propinado un nuevo varapalo al ministro de Justicia, Félix Bolaños, al rechazar su recurso contra el archivo de la denuncia que éste presentó contra el juez Juan Carlos Peinado en relación con su declaración como testigo y contra la decisión de éste de elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo.
El pasado 28 de julio, la Comisión Permanente ya entendió, como el Promotor de la Acción Disciplinaria, que las quejas se referían a cuestiones accesorias de la declaración judicial basadas en interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinari a y no suponen la vulneración de ningún derecho del testigo.
Aunque la diligencia se desarrolló en un clima de tensión (Peinado afeó al ministro que se riera) no hubo desconsideraciones explícitas al declarante, concluyó el órgano, que ahora vuelve a insistir en ello.En relación con las alegaciones sobre la falta de agilidad de la tramitación de las quejas del recurrente, la Comisión Permanente recuerda que el ministro fue ampliando sucesivamente sus escritos de queja -presentó un total de cuatro entre el 4 de junio y el 3 de octubre de 2025- y esto obligó en cada ocasión a pedir informe al magistrado, postergando su decisión definitiva.
Respecto a la alegación sobre la falta de motivación, la Comisión señala que el acuerdo del archivo del Promotor contiene una amplia justificación de la falta de trascendencia de los hechos denunciados, que el recurrente ha tenido oportunidad de conocer, por lo que no existe indefensión.
Y en relación con la alegación de que se ha desplegado una limitada actividad instructora, la Permanente indica que las diligencias practicadas por el Promotor han agotado las posibilidades de investigación útiles para el esclarecimiento de los hechos y que el recurrente no identifica en su escrito actuaciones complementarias que pudieran aportar elementos relevantes.«Tirantez dialéctica»En su recurso, el ministro reiteraba que tanto el trato que recibió en su declaración como testigo ante Peinado como la decisión de este de elevar exposición razonada ante el Tribunal Supremo constituyen infracciones disciplinarias.
La Comisión Permanente discrepa: tanto la forma en que se llevó a cabo la declaración -que el Promotor admitió que se desarrolló en una situación de «tirantez dialéctica»- como la elevación de la exposición razonada son decisiones adoptadas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y de dirección procesal.
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