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España

El Supremo rechaza aplicar la amnistía a Puigdemont tras la sentencia del TJUE y deja al 'expresident' a la espera del Constitucional

20 Minutos Nacional ·
El Supremo rechaza aplicar la amnistía a Puigdemont tras la sentencia del TJUE y deja al 'expresident' a la espera del Constitucional

Carles Puigdemont tendrá que esperar a una decisión favorable del Tribunal Constitucional para volver a España amnistiado de los delitos por los que le investiga el Tribunal Supremo .

El abogado del expresident , Gonzalo Boye, solicitó al instructor del Supremo Pablo Llarena que aplicara la amnistía a su representado tras conocerse la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avala la norma española.

En su respuesta a dicho escrito, Llarena razona que la resolución del TJUE no afecta a uno de los principales argumentos que llevaron a dejar a Puigdemont fuera de la amnistía: la consideración de que al malversar fondos públicos para financiar el procés buscó "obtener un beneficio personal de carácter patrimonial".

Por tanto, Llarena rechaza aplicar la amnistía a Puigdemont y descarta levantar la orden de detención nacional del líder independentista.

La decisión tomada por el instructor de la causa del procés deja al líder de Junts a la espera de que el Tribunal Constitucional resuelva su recurso de amparo.

Este recurso sostiene, precisamente, que la interpretación utilizada por el Tribunal Supremo para excluirle de la medida de gracia supone una vulneración de sus derechos fundamentales.

El Constitucional prevé abordar los recursos de amparo de los líderes independentistas (empezando por el de Jordi Turull) a partir del 22 de septiembre.

La sentencia que dictó el TJUE el pasado 16 de julio supuso un paso importante en el camino de la ley de amnistía impulsada por el Gobierno a cambio del apoyo de Junts a la investidura de Pedro Sánchez.

La resolución estableció que la medida de gracia no se contrapone con el Derecho Europeo ni es contraria a los intereses financieros de la Unión Europea.

Su publicación confirmó que la ley orgánica pasaba los dos filtros esenciales para mantenerse vigente: el de constitucionalidad y el de concordancia con el Derecho de la Unión.

La resolución del tribunal europeo afecta a uno de los argumentos que expuso el Supremo al denegar la amnistía a Carles Puigdemont.

El 1 de julio de 2024, el alto tribunal apuntó que la independencia de Cataluña había incidido en los ingresos del presupuesto de la UE.

Ahora, esa tesis se ve enmendada por el propio TJUE.

Sin embargo, la sentencia del TJUE no interfiere en la interpretación que hizo el Tribunal Supremo a la hora de decidir a quién se debía aplicar la amnistía por el delito de malversación.

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