Giro en el caso de la agresión mortal a un trabajador de la Feria, que será enjuiciado por un tribunal popular
Giro judicial en el caso de la agresión mortal a un trabajador de la Feria de Abril de Sevilla tras una discusión de tráfico el pasado 6 de mayo en la avenida Flota de Indias del barrio de Los Remedios.
El pasado mes de julio la juez de la plaza número 5 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla señalaba en un auto que los hechos, a la vista de las pruebas practicadas hasta el momento no constituían, un delito de homicidio doloso y por lo tanto el acusado, en prisión provisional, no sería enjuiciado por un tribunal popular.
Si bien, la defensa de la víctima, Ángel, de 49 años de edad y vecino de Bollullos Par del Condado, recurrió dicha decisión y la Audiencia de Sevilla le ha dado la razón, por lo que los hechos serán enjuiciados por los nueve ciudadanos que conformen el jurado.
En concreto, la Sección Primera de la Audiencia revoca la decisión de la instructora y ordena continuar el procedimiento por la Ley del Tribunal del Jurado .
Según informa la defensa de la víctima en una nota de prensa, la resolución considera que, en este momento procesal, resulta «prematuro» descartar la existencia de un eventual dolo homicida y entiende que será durante el juicio cuando deberá realizarse una valoración directa e integral de toda la prueba, incluyendo el informe de autopsia y las declaraciones de los testigos presenciales.
Además, añade que la Audiencia Provincial señala expresamente que no corresponde en esta fase efectuar una calificación definitiva de los hechos , y que deberán ser las pruebas practicadas en el acto del juicio las que permitan determinar el elemento subjetivo de la conducta del acusado y, en particular, si concurrió dolo eventual o si los hechos deben recibir otra calificación jurídica.
La defensa considera relevante que la propia resolución recoge que el informe de autopsia establece que las lesiones que presenta Ángel son compatibles con el puñetazo recibido y con la caída posterior, que provocó el traumatismo craneoencefálico que finalmente determinó su fallecimiento.
Asimismo, el auto recoge que, tras la caída, Ángel quedó inconsciente y que el investigado « lo zarandeó en dos ocasiones », según las declaraciones testificales incorporadas a la causa.
La defensa continuará ejerciendo todas las acciones legales necesarias para garantizar el esclarecimiento completo de los hechos y la adecuada valoración de las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento de Ángel.
La resolución de la Audiencia Provincial es firme y contra ella no cabe recurso.Esta novedad judicial llega horas después de que la propia Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, en concreto la Sala de Vacaciones, rechazara dejar en libertad al acusado.
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