Un juzgado de Madrid admite una querella contra Sofía Puente por prevaricación en la instrucción de la 'ley de nietos'
Un juzgado de Madrid ha admitido a trámite una querella de la asociación ultracatólica Hazte Oír contra la exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, por un delito de prevaricación administrativa derivado de la instrucción en la que acotó cómo debían realizarse las nacionalizaciones por la llamada 'ley de nietos'.
El juzgado ha abierto diligencias previas, si bien aún no ha imputado formalmente a la hermana del ministro de Transportes , Óscar Puente.
En su resolución, la magistrada Inmaculada Lova Ruiz, del Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid, sostiene que en la querella de Hazte Oír se recogen hechos "que hacen presumir la posible existencia de delito/s de prevaricación administrativa".
No obstante, la jueza apunta que no están "determinadas" ni la "naturaleza y circunstancias de tales hechos ni las personas que en ellos han intervenido".
Por tanto, concluye que "es procedente instruir diligencias previas y practicar aquellas esenciales encaminadas a efectuar tal determinación y, en su caso, el procedimiento aplicable".
El procedimiento se encuentra aún en una fase preliminar, previa a la apertura de una causa penal y a la eventual imputación de la actual secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia.
Sofía Puente firmó en octubre de 2022 una instrucción del Ministerio de Justicia, al que pertenece.
Se trata de una resolución administrativa enfocada a encauzar el proceso de nacionalización de extranjeros conforme a lo establecido en la 'ley de nietos'.
Dicha norma contempla la posibilidad de obtener la nacionalidad española para quienes sean hijos o nietos de españoles que se vieron obligados a huir del país y perdieran su nacionalidad por motivos políticos derivados de la guerra civil y el franquismo.
La función de la instrucción firmada por Puente era determinar cómo debían acreditar los aspirantes a la nacionalidad que sus ascendientes huyeron de España para evitar la represión franquista.
Puente estableció que se presumirá dicha condición a todos los españoles que salieran del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955.
Hazte Oír presentó su querella el 1 de julio, y alegó que la instrucción de Sofía Puente comporta un delito de prevaricación, y en las semanas sucesivas amplió su escrito en varias ocasiones.
El 9 de julio, la jueza dio traslado a la Fiscalía para que se pronunciara sobre la admisión de la querella.
El Ministerio Público solicitó librar testimonio de otros juzgados que habían admitido querellas similares en los años previos.
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