Absueltos dos vascos de un delito de tráfico de drogas porque la Subdelegación del Gobierno pesó la marihuana con tallos y hojas
¿Qué se considera marihuana dentro de una planta de marihuana? La pregunta es pertinente, lo prometo.
Que se lo digan a la Audiencia de Guipúzcoa, la cual ha confirmado la absolución a dos hombres. ¿La razón? Fueron acusados de tráfico de drogas por siete plantas de marihuana y, para demostrar que eran demasiadas, pesaron también el tronco y las ramas.
En Lazkao (Gipuzkoa) y según ha publicado El Correo , la prueba oficial de pesaje, hecha por la Subdelegación del Gobierno, incluyó tallos, hojas y cogollos sin desglosar.
El total sumó 4.536,6 gramos pero no hizo distinción alguna.
Al menos ahora ya saben que esos palos no cuentan.
Tres aquí, cuatro allá.
Los hechos se remontan al 15 de septiembre de 2022.
Los acusados tenían tres plantas en un terreno y otras cuatro en un invernadero, al otro lado de la carretera de su parcela.
Las dependencias de Sanidad de la Subdelegación en Gipuzkoa analizaron lo intervenido y sumaron 4.536,6 gramos de sustancia vegetal seca.
Del THC solo consta que era inferior al 0,5 %.
Pesar el jardín.
La Convención Única de la ONU de 1961 define el cannabis como las sumidades floridas o con fruto de la planta, es decir, los cogollos, y excluye las semillas y las hojas no unidas a ellas.
Los tallos y las partes leñosas no están fiscalizados.
En cualquier caso y para el tribunal, incluirlos elevó la cifra “de forma anómala” e impide saber cuánto pesaban los cogollos.
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