México no quiere prohibir los memes, pero una nueva reforma podría hacer que desaparezcan más rápido de internet
México prepara una reforma para responsabilizar a los proveedores de servicios de internet por las infracciones de derechos de autor cometidas por sus usuarios.
La propuesta contempla multas de hasta 40,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a aproximadamente 4.6 millones de pesos, según un reporte de Excélsior .
Esto no significa que los memes o las parodias vayan a quedar prohibidos.
La iniciativa, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum, no utiliza la palabra “meme”, tampoco regula específicamente el contenido creado con inteligencia artificial.
El riesgo está en otro punto, que las nuevas sanciones podrían incentivar que las plataformas eliminen rápidamente cualquier publicación reclamada , incluso cuando su uso pueda ser legítimo. {"videoId":"xb6jr8e","autoplay":true,"title":"iPhone Duo es el primer iPhone plegable de la historia", "tag":"Apple", "duration":"154"} La obligación de retirar contenido ya existe La Ley Federal del Derecho de Autor ya incluye desde 2020 un mecanismo de aviso y retirada.
Su artículo 114 Octies establece que los servicios en línea deben remover, eliminar o inhabilitar “ de manera expedita y eficaz ” contenidos alojados en sus sistemas cuando reciban un aviso del titular de los derechos o una resolución de una autoridad competente.
Este régimen, conocido como “ puerto seguro” , permite que l as plataformas no sean responsables por lo publicado por sus usuarios, siempre que cumplan ciertas condiciones .
Entre ellas se encuentran retirar el material reclamado, contar con políticas contra infractores reincidentes y no interferir con tecnologías utilizadas para identificar obras protegidas.
Un informe del Instituto Max Planck explica que estas disposiciones fueron incorporadas en 2020 como parte de las reformas relacionadas con la entrada en vigor del T-MEC .
La nueva iniciativa no inventa, por tanto, el procedimiento de retirada, sino que busca endurecer las consecuencias para quienes no lo cumplan.
Multas de hasta 4.6 millones de pesos La propuesta crea el artículo 114 Nonies.
Este señala que un proveedor será responsable de las infracciones cometidas por sus usuarios cuando incumpla el régimen de puerto seguro y, además, contribuya, induzca o cause la conducta teniendo conocimiento de ella.
También podría ser responsable si tiene capacidad para controlar al usuario infractor y obtiene un beneficio financiero directamente atribuible a la actividad.
El nuevo artículo 232 Septies establece que, en esos supuestos, el proveedor podrá recibir las mismas sanciones que el infractor directo.
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