El predial que viene: ¿mejores servicios?
Dos instrumentos de ordenación territorial apuntan hacia un incremento potencialmente significativo del monto del impuesto predial que cobran los municipios en México.
El primero es de ámbito federal y consiste en la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral, aprobada recientemente por el Congreso de la Unión.
Su propósito es unificar y modernizar los sistemas catastrales y registrales del país mediante diversos mecanismos de conexión y homologación.
Su objetivo final parece ser, principalmente, actualizar el padrón de inmuebles, por ejemplo, mediante la detección de propiedades no registradas, así como mejorar la información sobre su valor.
La revisión de los catastros puede permitir a los municipios ampliar la base gravable del impuesto predial e incrementar la recaudación sin aumentar la tasa de este gravamen.
A diferencia de la CDMX, donde el gobierno de la entidad administra el predial, en el resto del país su gestión es principalmente municipal: los ayuntamientos proponen las tasas y los valores catastrales, los congresos estatales aprueban las leyes de ingresos municipales y los municipios recaudan el impuesto.
El segundo instrumento es el Programa de Ordenación de la Zona Metropolitana del Valle de México, que comprende 16 alcaldías de la CDMX, 59 municipios del Estado de México, ocho de Hidalgo y uno de Morelos.
Este Programa se encuentra en la fase de consulta pública.
Aunque no tendría carácter normativo, sino de orientación y articulación, el Programa contiene dos propuestas que buscarían aumentar la recaudación asociada a los inmuebles.
La más importante se enfoca en “lograr que los valores registrados de las propiedades se asimilen a los valores del mercado inmobiliario” (p.
174).
Evidentemente, queda pendiente el problema de definir los valores comerciales y garantizar la objetividad de su determinación.
Un planteamiento complementario consiste en establecer un gravamen distinto del predial que penalizaría “el desaprovechamiento de activos urbanos localizados dentro de polígonos urbanos consolidados y prioritarios”.
El Programa sugiere una tasa impositiva de al menos uno por ciento, con distintos factores de cobro.
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