México cierra la puerta a inversiones de riesgo, pero el nuevo filtro de 49% deja rendijas
México dio un paso para vigilar con mayor rigor el capital extranjero que entra a sectores considerados sensibles para la seguridad nacional.
El Senado ya aprobó la reforma a la Ley de Inversión Extranjera que permitirá revisar, condicionar e incluso impedir determinadas adquisiciones.
Pero el nuevo filtro mantiene un umbral que especialistas consideran elevado: la revisión obligatoria se activa cuando un inversionista extranjero busca adquirir más de 49% de una empresa mexicana, frente a 25% o menos que se recomienda.
El porcentaje accionario no cuenta toda la historia.
Una participación minoritaria puede otorgar influencia sobre las decisiones de una compañía o acceso a tecnología e información sensible, sin necesidad de poseer la mayoría del capital.
Ese es uno de los argumentos del reporte Mexico’s Road to Investment Screening: FDI Trends, Regulatory Gaps, and Policy Recommendations , publicado por el Center for International Private Enterprise (CIPE), organización estadounidense dedicada al desarrollo del sector privado y al fortalecimiento de las instituciones económicas, y elaborado por especialistas del CELIS Institute, centro independiente con sede en Berlín especializado en revisión de inversiones extranjeras y seguridad económica.
El escrutinio obligatorio previsto en la reforma requiere tres condiciones simultáneas: que el inversionista extranjero pretenda adquirir, directa o indirectamente, más de 49% del capital de una sociedad mexicana; que sus activos superen el monto que determine la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE), y que opere en actividades sensibles.
Estas comprenden infraestructura estratégica, tecnologías críticas y productos de doble uso, insumos fundamentales y seguridad alimentaria, así como acceso o control de información sensible.
La Comisión podrá incorporar otras actividades análogas.
El reporte considera que el umbral mexicano es “excesivamente alto” frente a los niveles de entre 10% y 25% que utilizan distintas economías avanzadas.
Recomienda reducirlo a 25% o menos y añadir un criterio monetario; como ejemplo, plantea operaciones desde 5 millones de dólares, independientemente del porcentaje adquirido.
Bajo el diseño legislativo, una adquisición de 30% o 40% no activaría la revisión obligatoria únicamente por su porcentaje.
La reforma contempla una vía voluntaria para operaciones que no alcancen los umbrales.
La diferencia está en los derechos que acompañan a las acciones.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en expansion.mx — el contenido pertenece a Expansión (Economía).