SAT: por qué los depósitos en efectivo arriba de 15 mil pesos al mes se notifican automáticamente
El SAT informó que los depósitos en efectivo que superen 15 mil pesos al mes en una misma institución financiera se notifican de forma automática a la autoridad fiscal, una regla prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta que también puede detonar revisiones cuando el dinero que una persona gasta o deposita rebasa lo que declaró como ingreso.
La obligación no recae en el cuentahabiente , sino en las instituciones que integran el sistema financiero.
La ley les ordena entregar mensualmente la información a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior cuando el monto acumulado de depósitos en efectivo exceda ese umbral en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular dentro de la misma entidad .
Todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley del ISR .
La disposición vigente fue reformada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021.
Regla aplica solo a depósitos en efectivo y excluye transferencias y traspasos La propia ley define qué operaciones entran en este supuesto.
Se consideran depósitos en efectivo los realizados en moneda nacional o extranjera en cualquier tipo de cuenta a nombre de personas físicas o morales en instituciones del sistema financiero , así como la compra en efectivo de cheques de caja.
Quedan fuera de esa categoría las transferencias electrónicas, los traspasos de cuenta, los títulos de crédito y cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones financieras en términos de la legislación aplicable.
La exclusión opera incluso si el movimiento se hace con cargo a la misma institución que recibe los recursos .
Ese punto responde una de las dudas más frecuentes sobre el aviso al SAT : no todo depósito bancario entra al esquema de información automática .
La obligación se activa por depósitos en efectivo acumulados por arriba de 15 mil pesos mensuales dentro de una misma institución.
La discrepancia fiscal puede surgir si gastos y depósitos superan los ingresos declarados El artículo 91 de la misma ley establece que las personas físicas pueden ser sujetas al procedimiento de discrepancia fiscal cuando sus erogaciones en un año calendario sean mayores a los ingresos declarados o a los que debieron declarar.
Para ese cálculo, la norma toma en cuenta gastos , adquisiciones de bienes, depósitos en cuentas bancarias, inversiones financieras y cargos en tarjetas de crédito.
Si una persona no está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes , no presenta las declaraciones a las que está obligada o declara ingresos menores a sus erogaciones , esas salidas de dinero se presumen ingresos .
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