El derecho de las audiencias: un falso debate
José Ortega y Gasset escribió en 1914: “Yo soy yo y mi circunstancia, y si no la salvo a ella, no me salvo yo”.
Más de un siglo después, sigue siendo puente para entender nuestros debates públicos: la realidad rara vez cabe en una sola perspectiva.
No obstante, cada vez discutimos más como si así fuera.
Ante los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), la conversación se está reduciendo a dos posiciones: quienes empujan la protección de las audiencias y quienes ven censura en ello.
Quienes creen en el gobierno y quienes desconfían de él.
Quizá ambas perspectivas tengan algo de razón.
Y quizá ninguna, por sí sola, alcance a explicar el todo.
Los lineamientos son algo razonables: códigos de ética, defensorías de las audiencias, mecanismos de queja y distinción clara entre información, opinión y publicidad.
Parte de esto tiene antecedentes en la legislación de hace más de diez años.
Exigir responsabilidad a los medios no es censura.
Tampoco podemos ignorar el riesgo que implica que un órgano administrativo, que además no es autónomo, tenga facultades para determinar qué debe entenderse por información veraz o para intervenir sobre contenidos.
Cuando el regulador se convierte en árbitro de la verdad, la frontera entre regulación y censura camina entre abismos.
Así, propongo no escoger entre medios y gobierno.
Tampoco entre libertad de expresión y derechos de las audiencias.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.elfinanciero.com.mx — el contenido pertenece a El Financiero.