¿Cotizas en Modalidad 40? IMSS cambia reglas para el salario y los pagos retroactivos
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) limitó el salario con el que los trabajadores pueden incorporarse a la Modalidad 40 , al establecer que podrán hacerlo con el último salario al causar baja con un patrón o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El cambio quedó establecido en un acuerdo del Consejo Técnico del IMSS publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) , que también cierra el paso a los pagos retroactivos, ya que dispone que las nuevas incorporaciones se realicen exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud.
Sin embargo, el especialista en seguridad social Ricardo Martínez Rojas advirtió que los cambios del Consejo Técnico “están fuera del marco legal”.
Tendrían que primero modificar la ley”. ¿Por qué los cambios en la Modalidad 40 son ilegales? El director del despacho legal De La Vega & Martínez Rojas sostuvo que el Consejo Técnico no puede restringir mediante un acuerdo las condiciones previstas en la ley, que permite calcular la pensión de cesantía en edad avanzada y vejez con base en el promedio de los salarios correspondientes a las últimas 250 semanas cotizadas .
Explicó que la legislación permite que una persona se incorpore a la continuación voluntaria (Modalidad 40) con un salario distinto al que tenía cuando causó baja, sujeto a las disposiciones aplicables, por lo que limitarlo al último salario registrado más una UMA podría impedir que los trabajadores mejoren su promedio salarial mediante las aportaciones realizadas durante cinco años en la Modalidad 40 .
El especialista consideró que cualquier modificación que restrinja los derechos de los asegurados debe realizarse mediante una reforma legal y aplicarse hacia adelante, sin perjudicar a quienes ya están inscritos ni alterar las condiciones bajo las cuales cotizan.
Advirtió que aplicar las nuevas reglas a trabajadores que ya pagan cuotas con un salario superior podría constituir una aplicación retroactiva en perjuicio de sus derechos, prohibida por la Constitución.
El acuerdo del Consejo Técnico establece, como medida temporal, que las personas inscritas en la Modalidad 40 al momento de su entrada en vigor conservarán las condiciones actuales hasta que concluya el periodo contratado.
También reconoce las semanas y los s alarios efectivamente pagados para el cálculo de sus futuros derechos pensionarios.
El especialista estimó que el IMSS puede tener argumentos para impedir que una persona pretenda contratar retroactivamente la continuación voluntaria por periodos en los que no estuvo asegurada bajo esa modalidad.
Sin embargo, sostuvo que la ley contempla mecanismos para recuperar derechos cuando una persona vuelve a cotizar en el régimen obligatorio y cumple los requisitos correspondientes.
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