Rosana Sosa García: Lo que se debe conocer sobre la deuda por derechos petroleros
Desde 2017, Venezuela ha acumulado uno de los mayores incumplimientos de pago soberano del planeta.
Las proyecciones indican que su deuda externa, que incluye laudos arbitrales, bonos de PDVSA y de la República, intereses acumulados y créditos bilaterales, se encuentra entre 150.000 y 180.000 millones de dólares.
El 13 de mayo de 2026, el gobierno interino declaró que empezaría una reestructuración completa de la deuda soberana y de PDVSA.
En ese debate, ha empezado a tomar fuerza una propuesta que merece atención especial: emplear derechos económicos relacionados con la explotación petrolera, gasífera o minera como parte de la contraprestación o pago ofrecido a ciertos acreedores.
Es entendible la lógica económica.
Movilizar capital para restaurar la capacidad energética y disminuir una deuda extraordinaria son dos cosas que Venezuela necesita hacer al mismo tiempo.
Sin embargo, dado que el mecanismo convertiría las obligaciones financieras pasadas en derechos sobre la capacidad económica futura, la discusión debería iniciarse antes del canje y no después.
Qué deuda, exactamente En Venezuela no existen acreedores con un universo homogéneo.
Los laudos arbitrales, los créditos bilaterales, los bonos de PDVSA y de la República y otras obligaciones existen con reglamentación aplicable, documentación, garantías y procedimientos diferentes.
El caso de Citgo ilustra bien esa heterogeneidad: la subasta de PDV Holding, matriz de la refinería, desarrollada ante un tribunal de Delaware, reúne a acreedores con categorías jurídicas distintas, entre ellos titulares de la deuda vinculada al bono PDVSA 2020 y beneficiarios de laudos arbitrales.
Ninguna de esas posiciones esta jurídicamente en el mismo plano a las obligaciones bilaterales que Venezuela mantiene con Rusia o China.
Por lo tanto, formar parte del grupo total de acreedores de la nación no garantiza el derecho a participar automáticamente en un sistema de conversión petrolera .
Hasta ahora tampoco existe suficiente información pública para determinar qué categorías específicas de acreencias serían elegibles.
Esa incertidumbre no es un detalle menor: es el punto de partida de cualquier examen serio del mecanismo.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.lapatilla.com — el contenido pertenece a La Patilla.