EEUU flexibilizó sanciones al sector de telecomunicaciones en Venezuela mediante la Licencia General 61 de la OFAC
El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, mediante la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), promulgó la Licencia General 61, una medida que habilita la ejecución de transacciones financieras y comerciales destinadas a potenciar la infraestructura y la prestación de servicios de telecomunicaciones en territorio venezolano.
La medida administrativa autoriza aquellas operaciones catalogadas como «ordinariamente incidentales y necesarias» que involucren el suministro de tecnología, software, equipos y asistencia técnica provistos desde suelo estadounidense o por parte de personas bajo su jurisdicción.
El alcance del permiso abarca interacciones con organismos públicos e instituciones del Estado venezolano, haciendo mención expresa a entidades como la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) y la empresa de telefonía móvil Movilnet.
Dentro de los parámetros de la resolución, la OFAC adoptó una interpretación amplia del concepto de telecomunicaciones, cubriendo el intercambio de datos, telefonía fija y móvil, acceso a internet, difusión radial y televisiva, agencias informativas y servicios conexos, prescindiendo del medio técnico utilizado para la transmisión, incluyéndose plataformas satelitales y tendidos de cables submarinos.
De igual forma, la autorización abarca gestiones operativas complementarias tales como el procesamiento de pagos, logística, pólizas de seguro, transporte, contratos de roaming e interconexión, alquiler de infraestructura, instalación o modernización de redes, almacenamiento en la nube, sistemas de monitoreo y soporte a servidores.
A pesar de la flexibilización, la regulación mantiene prohibiciones específicas.
El marco legal prohíbe las transacciones canalizadas a través de oro o activos digitales emitidos por el Gobierno venezolano, incluido el petro.
Adicionalmente, el documento excluye cualquier tipo de operación que involucre a actores o entidades procedentes de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China, e impide el desbloqueo de bienes bajo sanción previa, gestiones con embarcaciones restringidas o la constitución de nuevas empresas mixtas para inversiones en el sector.
Por último, la OFAC supeditó la vigencia del beneficio a un esquema de rendición de cuentas, exigiendo a los exportadores y proveedores presentar ante el Departamento de Estado un informe detallado sobre los bienes, servicios, montos, fechas y pagos de tributos efectuados al Fisco venezolano.
La norma fija la entrega de la memoria inicial dentro de los 10 días posteriores a la transacción de apertura y establece reportes de seguimiento cada 90 días de forma continua.
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