Seniat elimina fecha de vencimiento del RIF
Según consta en la Gaceta Oficial N° 43.435, el Registro de Información Fiscal (RIF) ya no caducará.
Las autoridades del Seniat aclararon que la actualización solo será obligatoria cuando varíen los datos del contribuyente El superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), Román Maniglia , anunció este viernes 14 de agosto que se eliminó la providencia que exigía la renovación del Registro de Información Fiscal (RIF) cada tres años. «Luego de las revisiones técnicas y legales exhaustivas, consideramos que es una condición que se hace poco relevante y que pudiera generar trámites innecesarios para su actualización», escribió el funcionario en redes.
La disposición fue publicada en la Gaceta Oficial número 43.435 de fecha 12 de agosto de 2026.
De acuerdo con Maniglia, se mantiene el deber de actualizar el RIF cuando se requiera incorporar cambios inherentes al contribuyente.
Asimismo, la máxima autoridad del Seniat informó que fue derogada la Providencia SNAT/2024/000121 que exigía una homologación de sistemas informáticos para la generación de facturas, «eliminando así una barrera técnica que podría dificultar el acceso al proceso de formalización».
En la práctica, los comercios y empresas ya no están sujetos a la obligación de operar exclusivamente con sistemas previamente certificados por la administración tributaria. * El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo».
Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.
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