TSJ declara sin lugar nulidad de Ley de Hidrocarburos
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró «sin lugar» la acción de nulidad por motivos de inconstitucionalidad ejercida contra la reforma de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
Mediante la sentencia 0827, emitida este 14 de septiembre de 2026, el máximo tribunal venezolano determinóq ue resulta «inoficioso» emitir un pronunciamiento sobre la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada en el proceso judicial.
El fallo responde a la acción interpuesta de forma individual por el ciudadano Daniel de Jesús Carrillo Sequera, así como al recurso presentado de manera conjunta con solicitud cautelar por Andrés Ramón Guissepe Ávalos, Gustavo Adolfo Márquez Marín, Carlos Ramón Mendoza Potella, José Luis Ybrahim Estére, Oscar Ramón Figuera González, Eduardo Antonio Ojeda Falcón y otros actores contra la normativa publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro.
6.978 el pasado 29 de enero de 2026.
La ponencia judicial puntualizó que la medida contempla la acumulación de las acciones de nulidad contenidas en los expedientes números 26-0144 y 26-0697, de conformidad con lo previsto en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil y en atención a lo dispuesto en los artículos 98 y 166 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
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