Juzgado de Medellín ordenó a Teleperformance reintegrar a trabajadora despedida por hacer colecta para un compañero enfermo: “Dijeron que había cometido una falta grave”
El Juzgado Séptimo Laboral de Medellín falló en primera instancia a favor de Yesenia Marín, trabajadora de Teleperformance e integrante de la junta directiva de la Unión de Trabajadores de las Tecnologías y de la Información de las Comunicaciones, Call Center y Servicios (Ultratics), una disputa por un intento de despido.
Su abogado, Manuel Sarmiento, indicó que la compañía había ordenado el retiro inmediato de la trabajadora luego de enterarse de que la mujer había organizado una recolecta fuera de sus instalaciones.
La defensa aseguró que el proceso comenzó luego de que Marín reuniera dinero entre compañeros para asistir a un trabajador migrante venezolano que había sufrido un accidente cerebrovascular.
Según Sarmiento, la trabajadora organizó la ayuda fuera de las instalaciones de Teleperformance, ante la situación económica del compañero y de su familia, que se encontraba en Venezuela.
El abogado afirmó que la empresa pretendió desvincular a Marín al considerar que había cometido una falta grave.
La defensa rechazó esa interpretación y sostuvo que la iniciativa respondió a un acto de solidaridad.
El abogado explicó que Marín integraba la directiva de Ultratics, un sindicato del sector de las telecomunicaciones.
Por esa condición, señaló, la trabajadora contaba con fuero sindical.
“Estoy muy contento porque hoy el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Medellín falló a favor de una directiva de Ultratics.
Ultratics es un sindicato del sector de las telecomunicaciones.
Una empresa, un call center, el call center más grande de Colombia, que se llama Teleperformance, pretendía despedir a una directiva de Ultratics, a la compañera Yesenia Marín, porque Yesenia, siendo directiva, organizó una colecta por fuera de las instalaciones de la empresa para ayudarle a un compañero de trabajo”, señaló Sarmiento.
La defensa sostuvo que el intento de desvinculación se produjo sin las garantías del debido proceso que, a su juicio, correspondían por la representación sindical de Marín.
El fallo conocido corresponde a la primera instancia.
Sarmiento precisó que el caso continuará en una segunda instancia, aunque consideró que la decisión constituye un respaldo a la posición planteada durante el litigio.
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