Nuevo golpe para Epa Colombia: la SIC sancionó su negocio de productos para el cabello con millonaria multa por incumplir normas que protegen a los consumidores
Un nuevo revés sufrió la creadora de contenido y empresaria Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, luego de que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a Productos EPA Colombia S.A.S. con una multa de $140.476.000.
Los motivos obedecen a incumplimientos en las normas de protección al consumidor relacionadas con la garantía legal, la información en compras por internet y el derecho a solicitar la reversión de pagos electrónicos, según lo que detalló el comunicado emitido por la entidad la mañana del miércoles 16 de septiembre de 2026.
La investigación se concentró en las condiciones de comercialización digital de los productos de la compañía y, en particular, en la falta de información sobre el “Acondicionador Kolors (Post Cuidado) - Keratina (verde) 300 ml”.
La multa que deberá asumir la hoy detenida por su negocio corresponde a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes , equivalentes a 11.600 Unidades de Valor Básico (UVB).
La SIC identificó tres incumplimientos a la Ley 1480 de 2011 La Superintendencia concluyó que la empresa incurrió en tres conductas que vulneraron disposiciones del Estatuto del Consumidor.
El primer cargo corresponde a la limitación de la garantía legal.
Según la SIC, Productos EPA Colombia incluía en su página web una política de reembolso que excluía su responsabilidad por productos comprados mediante “distribuidores o terceros”.
Para la entidad, esa condición desconocía la responsabilidad solidaria que la ley establece para los productores frente a los consumidores.
La garantía legal no puede ser restringida por una política interna cuando la normativa asigna obligaciones al productor.
El segundo cargo se relaciona con la falta de información esencial antes de que un comprador aceptara una oferta en internet.
En este ítem, desde el ente regulador se indicó que la página de la empresa no presentaba de forma completa las características esenciales de uno de sus productos.
Además, el sitio web no informaba adecuadamente sobre el derecho de retracto ni el procedimiento para ejercerlo.
Tampoco disponía de un enlace visible y de fácil identificación para que los compradores ingresaran a la página de la autoridad de protección al consumidor.
La empresa de ‘Epa Colombia’ tampoco informó sobre el derecho a reversar pagos El tercer incumplimiento identificado por la SIC estuvo relacionado con el derecho a la reversión del pago.
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