Zona Fría: ya rige el nuevo régimen, qué cambia y quiénes podrán acceder al descuento en el gas
El Gobierno nacional finalmente promulgó la Ley 27.828, que redefine el régimen de Zona Fría y limita el acceso automático a subsidios en las facturas de gas para distintas zonas del país que, hasta ahora, gozaban del beneficio.
La norma fue publicada este martes en el Boletín Oficial, tras su sanción en el Congreso el pasado 24 de septiembre.
Así, se recorta el esquema general: solo conservarán el beneficio completo los usuarios de la Región Patagónica, el departamento de Malargüe (Mendoza) y la Puna.
Por su parte, la nueva legislación establece una bonificación adicional bajo el Régimen de Subsidios Focalizados , de acuerdo con las condiciones socioeconómicas y climáticas .
Promulgaron Zona Fría: qué cambios introduce la nueva norma El régimen de “Zona Fría” establece tarifas diferenciales de gas para regiones del país en donde las bajas temperaturas obligan a un mayor consumo para calefacción .
La idea es equilibrar el costo de vida entre distintas zonas.
En 2021, una reforma impulsada por Máximo Kirchner amplió el régimen a más de 150 departamentos de 15 provincias, llevando a los beneficiarios a cerca de 4 millones de hogares, incluyendo 55 municipios bonaerenses.
Sin embargo, con la reforma impulsada por la gestión de Javier Milei, el beneficio a esta zona ampliada en 2021 dejará de regir y se volverá al esquema anterior.
Entre los municipios bonaerenses alcanzados por el cambio se encuentran Bahía Blanca, Mar del Plata, Tandil, Olavarría, Azul, Necochea, Pinamar, Villa Gesell, Tres Arroyos, Junín, Pergamino, Pilar, San Nicolás, San Pedro, Balcarce, Cañuelas, Chivilcoy y Coronel Suárez .
De acuerdo con la norma, esa asistencia estará disponible para usuarios residenciales que vivan en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI definidas bajo la norma IRAM 11.603.
También deberán estar inscriptos en el régimen.
Cuáles son los requisitos y condiciones para acceder al subsidio Para percibir la bonificación adicional en la factura, los usuarios residenciales deben reunir las siguientes condiciones establecidas por la ley: Inscripción formal: estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados .
Ubicación geográfica: pertenecer a las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI fijadas por el ENARGAS (bajo norma IRAM 11.603/12) y no estar cubiertos por el esquema automático patagónico.
Criterios socioeconómicos (cumplir al menos uno): Nivel de ingresos: hogares cuyo conjunto de integrantes registre ingresos netos iguales o inferiores a tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un “Hogar 2” según el INDEC.
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