La Justicia rechaza suspender la expulsión de un marroquí internado en el CIE de Murcia que pedía asilo por ser opositor en Marruecos a través de YouTube y Telegram: “No presenta un alto perfil activista”
La Audiencia Nacional ha decidido rechazar la petición urgente de un ciudadano marroquí para frenar su expulsión de España tras haberle sido negado el reconocimiento como refugiado por las autoridades.
El fallo del tribunal fue dictado el 17 de agosto de 2026 en Madrid y afecta a un hombre que permanece internado en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Murcia.
El abogado del afectado presentó una medida cautelarísima para que su cliente no fuera expulsado antes de que la justicia analizara a fondo si le corresponde el asilo.
La petición se basó en que si el traslado se hacía efectivo de inmediato, el proceso judicial perdería sentido porque el solicitante podría enfrentarse a un daño irreversible , como la persecución política en su país de origen.
El hombre, originario de Marruecos, sostenía que su caso es urgente porque su internación en el CIE de Murcia puede llevar a una expulsión sin previo aviso.
Según el recurso, se pidió que la expulsión quedara suspendida y que se mantuviera al afectado en territorio nacional hasta que la Audiencia Nacional resuelva sobre el fondo de su solicitud.
Su defensa se apoyó en el Reglamento (UE) 2024/1348 , que regula el procedimiento para solicitudes de protección internacional en fronteras externas y permite a la justicia decidir si una persona puede quedarse en el país mientras pelea por el refugio.
La Justicia analizó su expediente y concluyó que no hay pruebas que respalden sus afirmaciones .
El hombre, identificado como Landelino, sostiene que es opositor al régimen de Marruecos y que publica críticas en YouTube y Telegram contra el rey y el presidente del país.
Dijo haber sido detenido y torturado en su país, pero, según el tribunal, no existe ningún indicio que respalde esos hechos.
La Audiencia Nacional declaró expresamente: “ No apreciamos un riesgo de sufrir lesión grave en los derechos fundamentales del recurrente ”.
Además, tuvo en cuenta que el ACNUR (la agencia de la ONU para refugiados) emitió un informe desfavorable sobre su caso.
Además, otro elemento que señaló el tribunal fue que “no presenta un alto perfil activista” ni existen elementos que permitan asociar las consecuencias de su regreso con motivos de persecución política.
Los magistrados destacaron que la administración analizó la solicitud de acuerdo a los estándares que fija la legislación europea, de modo individual y considerando tanto la situación del país de origen como las circunstancias personales del solicitante.
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