Fondo para despidos: cuál sería el costo fiscal del FAL en el tramo final de 2026
El Gobierno oficializó las reglas para la administración de los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) , un esquema de indemnizaciones que se nutrirá con una contribución mensual equivalente al 2,5% de la nómina en el caso de las MiPyMEs y del 1% para las grandes empresas .
Según estimaciones de la consultora Empiria y del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) , cuyos datos fueron proporcionados a El Cronista , el FAL tendría un costo fiscal de 0,05% y 0,06% del PBI en 2026 , respectivamente, considerando que su puesta en marcha se producirá a partir del 1° de noviembre .
“Alrededor de $ 680.000 millones para 2026”, precisó Nadin Argañaraz , economista y titular del IARAF .
Por su parte, la consultora Romano & Group calcula que el costo sería de aproximadamente 0,08% del PBI considerando los últimos dos meses del año.
En conjunto, son cifras que, medidas en relación con el producto, no comprometen el equilibrio fiscal , piedra angular del programa económico de Javier Milei.
Cabe recordar que el FAL originalmente iba a entrar en vigencia el 1° de junio .
Tal como contó El Cronista hace algunos meses , la falta de la reglamentación necesaria y la caída de la recaudación —que obliga al Gobierno a redoblar esfuerzos para alcanzar la meta de superávit primario de 1,4% del PBI — fueron los factores que derivaron en la postergación hasta noviembre.
Se trata de una herramienta clave para la capitalización mensual que las empresas destinarán al pago de indemnizaciones.
Asimismo, el Ministerio de Economía espera que este régimen funcione como un impulso para nutrir el mercado de capitales doméstico .
Aún está pendiente la normativa complementaria de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y de la Secretaría de Trabajo , aunque el Gobierno ya dio el primer paso y detalló que los recursos que aportarán mensualmente los empleadores se podrán invertir en títulos de deuda nacionales y provinciales, obligaciones negociables de empresas y colocaciones en depósitos bancarios .
“El presente régimen entrará en vigencia a partir del 1° de junio de 2026, fecha que podrá ser prorrogada por el Poder Ejecutivo nacional, por el plazo máximo de seis (6) meses, junto con el dictado de la reglamentación y normas de instrumentación pertinentes”, señala la normativa.
Esto sugiere que el Gobierno podría prorrogar el FAL para el 1° de diciembre , aunque no hubo indicios al respecto.
De todos modos, las empresas no podrán utilizar inmediatamente el dinero acumulado para pagar indemnizaciones , sino que deberán esperar seis meses, es decir, hasta el 1° de mayo de 2027 si el FAL comienza a estar operativo en noviembre de este año.
5News agregó este resumen a partir del feed público del medio. La nota completa, con todo el contexto, está en www.cronista.com — el contenido pertenece a El Cronista.