El Gobierno promulgó la ley que modifica el régimen de zonas frías
El Gobierno promulgó el nuevo régimen de zonas frías , que había sido convertido en ley el 24 de septiembre tras su aprobación en el Senado.
De esta manera, fue oficializada la reducción del alcance del subsidio para los sectores ampliados en 2021 -y solo se mantienen en la Patagonia, Malargüe y la Puna-, se establecieron nuevos requisitos de vulnerabilidad y se modificó el cálculo para su aplicación.
El proyecto consistió en una “readecuación” del régimen de subsidios a los consumos residenciales de gas natural en zonas frías y la regularización de deudas eléctricas.
La iniciativa, que fue aprobada con 38 votos afirmativos y 8 negativos , estableció que el fondo pasará a financiar una bonificación sobre el precio del gas natural y del gas propano por redes, e incorporará una bonificación adicional para determinados usuarios residenciales incluidos en el Régimen de Subsidios Focalizados, de acuerdo con su ubicación y situación socioeconómica.
A su vez, se mantendrán los beneficios para usuarios residenciales de la Patagonia, Malargüe y la Puna , aunque se eliminará de la ley el porcentaje fijo del 50% sobre los cuadros tarifarios plenos.
A partir de ahora, el Poder Ejecutivo determinará el alcance y las modalidades del beneficio.
La senadora Flavia Royón (Primeros Los Salteños), presidenta de la Comisión de Minería , declaró, durante la sesión que la modificación cuenta con medidas para obtener “mayor transparencia y orden del marco energético”.
““Primero, modifica el régimen de zonas frías; se refiere a las deudas del mercado eléctrico mayorista; después aborda criterios de las tarifas de electricidad de gas; actualiza el marco normativo para energías renovables; y por último deroga regímenes hidrocarburíferos que hoy ya fueron reemplazados por instrumentos más modernos”, señaló.
“Vivir en una zona fría genera una necesidad energética mayor, por eso se sigue contemplando cuestiones bioclimáticas para alcanzar condiciones adecuadas de calefacción para los usuarios.
El proyecto ratifica la zona fría original y para el caso de zona ampliada pasa de un criterio de región geográfica a un criterio donde se incorpora el nivel socioeconómico de la familia y un consumo razonable, es decir subsidios focalizados”, continuó.
En esta línea, en materia eléctrica, la modificación incluye un mecanismo para determinar y compensar las diferencias de ingresos que distribuidoras y transportistas dejaron de percibir como consecuencia de leyes de emergencia tarifaria.
“En el caso de las distribuidoras, la compensación se aplica a deudas con CAMMESA, mientras que para las transportistas se contempla la compensación de penalidades contractuales, condicionada al desistimiento de reclamos judiciales o administrativos vinculados”, dijeron desde La Libertad Avanza.
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