La Justicia ordenó frenar Sea Lion en Malvinas y puso bajo la lupa a petroleras y financistas: los detalles
La Justicia Federal de Río Grande ordenó a Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited abstenerse de avanzar con los actos materiales de ejecución del proyecto petrolero Sea Lion —denominado “León Marino” en la resolución— en aguas próximas a las Islas Malvinas, al hacer lugar a una medida cautelar presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogado/as y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).
La resolución, firmada por la jueza federal Mariel Borruto , alcanza a perforaciones sobre el lecho y subsuelo marino, instalación de infraestructura submarina, conductos, sistemas de fondeo, unidades flotantes de producción y almacenamiento, inicio de la explotación comercial y también a las obras terrestres y portuarias destinadas a sostener el emprendimiento.
La prohibición regirá hasta que se tramite ante la autoridad ambiental argentina la correspondiente evaluación de impacto ambiental y recaiga una decisión, o hasta que el propio juzgado disponga otra cosa.
El fallo no equivale, sin embargo, a una condena definitiva contra las compañías.
Borruto aclara desde el comienzo que está resolviendo una cautelar y que, por lo tanto, “no importa pronunciamiento definitivo sobre la responsabilidad de las demandadas” ni sobre la totalidad de las cuestiones que integran el litigio.
La decisión constituye un avance relevante para los demandantes porque frena el componente material del proyecto, pero al mismo tiempo impone límites al alcance de la cautelar.
La jueza no concedió por ahora la prohibición general de nuevos contratos de financiación, desembolsos, transferencias, aportes de capital o garantías, ni dispuso las comunicaciones generales solicitadas a bolsas y reguladores extranjeros.
Esos capítulos quedaron diferidos hasta contar con mayor información sobre quiénes financian el emprendimiento y qué operaciones concretas podrían quedar alcanzadas.
Por qué la Justicia ordenó detener Sea Lion El eje central de la resolución está puesto en el derecho ambiental preventivo .
Borruto parte del artículo 41 de la Constitución, de la Ley General del Ambiente y de la jurisprudencia de la Corte Suprema para definir al ambiente como un bien colectivo, indivisible y perteneciente a toda la comunidad.
A partir de esa premisa sostiene que la Justicia puede intervenir antes de que exista un daño consumado y sin necesidad de identificar previamente a una persona perjudicada.
“El ecosistema, su biodiversidad, sus aguas, el lecho y subsuelo marino y los recursos naturales que lo integran constituyen en sí mismos objeto de protección jurídica”, sostiene la resolución.
La magistrada reconoce además legitimación al CECIM y vincula el planteo ambiental con la cuestión Malvinas.
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