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Política

La Justicia dictó un fallo favorable a Barrionuevo en la pelea en el Sindicato de Gastronómicos que complica al Gobierno

Infobae Política ·
La Justicia dictó un fallo favorable a Barrionuevo en la pelea en el Sindicato de Gastronómicos que complica al Gobierno

La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó a la Secretaría de Trabajo expedir una certificación provisoria de las autoridades de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), lideradas por Luis Barrionuevo, que resultaron elegidas en las elecciones del 29 de diciembre pasado.

Esta medida cautelar, dictada este viernes, revoca una negativa previa y responde a la falta de respuesta oficial del Poder Ejecutivo, que mantenía sin reconocimiento formal a las nuevas autoridades tras una disputa interna en el sindicato entre el líder nacional de la UTHGRA, Barrionuevo, y el titular de Seccional Capital, Dante Camaño, que se extendió a la vía judicial.

Las internas sindicales en la UTHGRA alcanzaron un punto crítico desde septiembre de 2025, cuando la Sala VI de la Cámara había suspendido las elecciones que debían realizarse ese mes y luego habilitó un nuevo comicio para diciembre.

Finalizada la votación, que se hizo el 29 de diciembre de 2025, la Junta Electoral Central proclamó como ganadora a la Lista Celeste 17 de Octubre, encabezada por Barrionuevo, con 121.334 votos.

Al día siguiente de las elecciones, la nómina ganadora pidió la certificación ante Trabajo, pero no tuvo respuesta.

Este contexto llevó al sindicato a presentar una acción de amparo exigiendo a la Secretaría de Trabajo la expedición de los certificados que oficializan a las nuevas autoridades.

En forma paralela, otros trámites relevantes de la UTHGRA –como, por ejemplo, la rúbrica de libros y la homologación de acuerdos paritarios– quedaron inmovilizados ante la falta de reconocimiento oficial, lo que impactó tanto en la vida institucional de la entidad como en los salarios de los trabajadores involucrados.

El fallo hace especial hincapié en que la falta de constancia de autoridades vigentes es hoy un obstáculo concreto para el funcionamiento gremial y que ese perjuicio no es subsanable con posterioridad.

Según surge de la resolución, el primer juez de la causa había rechazado la solicitud de medida cautelar, argumentando que seguía pendiente un recurso de inconstitucionalidad elevado ante el Tribunal Superior de Justicia, por lo que no se cumplían los requisitos legales para autorizar una decisión provisoria.

Sin embargo, la Sala VI de la Cámara de Apelaciones del Trabajo entendió que ese planteo no tiene efecto suspensivo automático y que, de hecho, los comicios celebrados y sus resultados ya fueron ejecutados e incluso reconocidos por la propia Junta Electoral.

Para la Cámara, “exigir que el recurso esté resuelto de modo favorable al actor importa requerir la firmeza de una decisión que ya produce efectos”, por lo cual añadir ese requisito constituye un exceso.

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