La Suprema Corte bonaerense deberá decidir si revisa la anulación de una condena por abuso sexual contra dos hermanas
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires deberá decidir si admite los recursos extraordinarios presentados contra la anulación del juicio por jurados en el que un abogado de la localidad de San Isidro, Guillermo Martín Moncayo von Hase , fue condenado a 16 años de prisión por los abusos sexuales cometidos contra sus dos hijas cuando eran menores de edad .
Según la acusación llevada a juicio, los hechos comenzaron en 2009 , cuando las niñas tenían aproximadamente cuatro y seis años, y se prolongaron hasta 2019 .
Las jóvenes fueron identificadas en el expediente como C.M. y F.M. , esta última una persona con síndrome de Down .
C.M. formuló su denuncia ante los estrados por cuenta propia, según expuso, tras un proceso personal de años.
La causa llegó al máximo tribunal provincial después de que la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense declarara admisibles los recursos extraordinarios de la Fiscalía, las particulares damnificadas y la defensa.
La remisión del expediente no significa que la instancia ya esté abierta: la Corte deberá efectuar un nuevo control antes de decidir si analiza el fondo de los planteos.
En el centro de la discusión se encuentra la sentencia dictada el 15 de diciembre de 2025 por los jueces María Florencia Budiño y Fernando Luis María Mancini , quienes dejaron sin efecto el veredicto unánime emitido por doce ciudadanos, anularon la condena y ordenaron realizar un nuevo debate.
La Sala II de Casación anuló el veredicto y la condena por una cuestión técnica vinculada con el modo en que el juez redactó las instrucciones finales y las opciones incluidas en el formulario de veredicto .
La decisión no implicó, en rigor, un pronunciamiento sobre la veracidad de las denuncias ni un análisis definitivo sobre la suficiencia de la prueba producida a lo largo del juicio oral.
Para la Sala II , esas fórmulas agruparon distintas conductas bajo calificaciones jurídicas generales y expresiones como “reiterados”, sin individualizar suficientemente cada uno de los hechos sometidos a decisión.
Según los camaristas, esa estructura impedía establecer con certeza cuáles habían sido considerados probados por el jurado y dificultaba el control posterior de la condena.
La querella cuestionó ese razonamiento y pidió que se restablezcan tanto el veredicto popular como la sentencia de 16 años , aunque calificó como baja esa pena.
Su recurso puso el foco en que los doce ciudadanos presenciaron las once jornadas del debate, escucharon directamente a una de las víctimas durante más de seis horas , recibieron los testimonios de los profesionales que habían intervenido en el caso y conocieron también los argumentos y la prueba presentada por la defensa.
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