Causa AMIA: el juez Rafecas sumó a un nuevo acusado para que sea sometido a juicio en ausencia
El juez Daniel Rafecas resolvió este miércoles que Alí Asghar Hejazi sea sometido a juicio en ausencia por su presunta participación en el atentado contra la AMIA .
La decisión se adoptó a pedido del fiscal Sebastián Basso , titular de la UFI AMIA, y se fundó en la “actitud obstructiva” del imputado y en la “ausencia de cooperación efectiva” de Irán ante los pedidos de detención preventiva para una eventual extradición.
Hejazi se suma al resto de los iraníes que ya tienen pedido de captura internacional en la causa y fueron incluidos en el mecanismo de juicio en ausencia: Mohsen Rezai , entonces comandante en jefe del Cuerpo de Guardianes de la Revolución Islámica; Ahmad Vahidi , responsable de la Fuerza Al Quds; Alí Fallahian , a cargo del Ministerio de Inteligencia; y Alí Akbar Velayati , responsable de Asuntos Exteriores.
Hejazi tiene captura nacional e internacional desde el 10 de abril, cuando fue citado a indagatoria.
Ese mismo mes se pidió a Interpol la difusión roja.
Se publicaron edictos, se requirió a Irán la detención provisoria con base en la Ley 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal y se notificó al Ministerio de Asuntos Exteriores iraní.
En mayo se le comunicó la declaración de rebeldía por exhortos .
El juez consideró cumplidos los requisitos para avanzar sin su presencia y descartó “toda posibilidad razonable de desconocimiento del proceso judicial”.
Daniel Rafecas (Foto: NA - Hugo Villalobos).
En la resolución, Rafecas afirmó que el imputado “adoptó una conducta orientada deliberadamente a sustraerse de la acción de la justicia argentina , eludiendo comparecer en el proceso pese a su efectivo y demostrado conocimiento”.
También señaló que, por el rango que ocupó y por la “gran atención internacional” de la causa, resulta “prácticamente imposible” que no hubiera sido informado de los requerimientos.
“Pese a tener conocimiento, optó por eludir, no presentarse, responder o acatar” las medidas, concluyó el magistrado.
En el mismo fallo se indicó que las conductas atribuidas pueden considerarse constitutivas de crímenes de genocidio y de lesa humanidad.
El atentado a la AMIA ocurrió el 18 de julio de 1994 cuando un coche bomba destruyó la sede de la mutual judía en Pasteur 633, en el centro de Buenos Aires.
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