La Audiencia Nacional excarcela por motivos de salud al condenado por los asesinatos de cinco jesuitas españoles en El Salvador
La decisión se basa en el “deterioro cognitivo” y la “enfermedad grave e incurable” del exmilitar salvadoreño, condenado a 133 años de prisión por el asesinato de cinco jesuitas en 1989 Los errores y retrasos judiciales libran del banquillo al conspiranoico Santiago Royuela La Audiencia Nacional ha concedido la libertad condicional por razones médicas a Inocente Orlando Montano Morales, exmilitar y exviceministro de Seguridad Pública de El Salvador, condenado por el asesinato del ideólogo de la Teoría de la Liberación, Ignacio Ellacuría, y otros cuatro jesuitas españoles en 1989 en El Salvador.
Montano, de 84 años, cumplía una condena de 133 años y tres meses en la prisión de Madrid VII de Estremera.
Fue la propia prisión la que, en marzo de este año, propuso la concesión de la libertad condicional a Montano, que fue condenado en 2020 por cinco delitos de asesinato con límite de cumplimiento de 30 años de privación de libertad.
El magistrado de la Plaza 1 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, ha justificado la decisión de libertad condicional por el deterioro de salud del ex militar.
Según el auto, Montana presenta “un declive cognitivo elevado con presencia de delirios que afectan a la capacidad de adaptarse al centro”, lo que, según el documento, genera al condenado “una enorme vulnerabilidad con alto grado de dependencia”.
La libertad queda condicionada a que “siga tratamiento en el centro de salud que corresponda” debido a “la existencia de una enfermedad muy grave e incurable, a lo que se une una avanzada edad”.
Enfermedad irreversible “Desde la perspectiva médico-jurídica atendiendo al estado de salud, la enfermedad irreversible que padece con constantes salidas al hospital hace necesario acceder a la libertad condicional en aras a la existencia de una enfermedad muy grave e incurable, a lo que se une una avanzada edad”, señala el auto.
Castro alude a “numerosas resoluciones” judiciales para argumentar que, en estos casos, la excarcelación “responde a principios de humanidad y dignidad de las personas como derecho inviolable”.
Asimismo, considera que “el enfermo grave e incurable no debe asimilarse a un estado preagónico”.
“Lo importante es constatar que el medio penitenciario no es el adecuado para el seguimiento y control de la enfermedad”, resume.
Condenado por dar la orden de asesinar a cinco jesuitas En 2020, la Audiencia Nacional condenó a Montano por cinco delitos de asesinato de carácter terroristas y le atribuyó a los asesinatos de otro jesuita salvadoreño, la cocinera de una universidad y su hija de 15 años, aunque no se le pudo condenar por estos hechos al no haber sido extraditado por Estados Unidos por esos crímenes.
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