Sánchez deja la puerta abierta al indulto de Álvaro García Ortiz: "No lo descarto"
Pedro Sánchez ha dejado abierta la posibilidad de conceder un indulto a Álvaro García Ortiz, el que fuera fiscal general del Estado, condenado por el Tribunal Supremo por revelación de secretos, y ha asegurado que el Gobierno está examinando las alternativas legales disponibles para abordar su situación.
Preguntado expresamente por la posibilidad de que el Consejo de Ministros adopte esa decisión antes de las elecciones en una entrevista concedida a elDiario.es, el presidente ha respondido con una fórmula que mantiene viva esa opción: "No lo descarto", ha confesado.
Sánchez ha explicado que el Ejecutivo está estudiando "todas las leyes y medidas" que permanecen pendientes para determinar si pueden aprobarse a través de la Diputación Permanente o mediante el Gobierno en el ejercicio de sus competencias como poder ejecutivo.
Sus declaraciones no constituyen, por el momento, un anuncio formal de indulto ni concretan qué instrumento jurídico podría utilizarse para evitar los efectos de la condena sobre García Ortiz, pero deja la puerta abierta al perdón gubernamental, sin confirmar que exista una decisión adoptada, un expediente concluido o un calendario definido para su tramitación.
El indulto, una posibilidad aún sin concretar La cuestión central es si el Gobierno puede impulsar una medida que permita a García Ortiz eludir la inhabilitación derivada de la sentencia del Supremo.
Sánchez ha evitado cerrar esa vía, pero tampoco ha confirmado que el Consejo de Ministros vaya a aprobar el indulto antes de los comicios.
Desde el punto de vista jurídico, el indulto es una prerrogativa regulada por la legislación española que permite al Gobierno acordar, mediante real decreto y tras el procedimiento correspondiente, la remisión total o parcial de determinadas penas impuestas por sentencia firme.
No equivale a una anulación de la condena ni convierte en inexistente el pronunciamiento judicial.
Por ello, cualquier iniciativa destinada a modificar las consecuencias penales de la sentencia debe distinguirse de una revisión judicial del fallo.
La eventual concesión del indulto tendría que ajustarse a los requisitos legales aplicables y a los límites propios de esta figura.
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